sábado, 22 de enero de 2011

ARGENTINA:Contadores se oponen a la obligación de denunciar maniobras de lavado de dinero

Una normativa los conmina a denunciar a la UIF operaciones ilícitas detectadas en las declaraciones juradas de los clientes. “Es de difícil cumplimiento”, sostienen desde la Federación de Consejos de Profesionales de Ciencias Económicas
Así lo expresó la Federación Argentina de Consejos de Profesionales de Ciencias Económicas que, a través de su secretario, Guillermo Fernández, señaló que esta resolución "es de difícil cumplimiento en lo inmediato". Fernández sostuvo que "con esta medida se incorpora a los profesionales independientes que presentan declaraciones juradas, pero siempre hay que tener en cuenta que estos profesionales cumplen una función de asesoramiento y las declaraciones juradas se hacen en base a la información suministrada por los clientes".
La Resolución 2511, publicada hoy en el Boletín Oficial, establece medidas y procedimientos para prevenir, detectar y reportar los hechos, actos, operaciones u omisiones que puedan provenir de la comisión de los delitos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo. A diferencia de las obligaciones preexistentes para los profesionales de ciencias económicas, en esta ocasión, se incorpora la obligación de denunciar presuntas maniobras de encubrimiento y lavado de activos de origen delictivo cuando el sujeto a informar se trate de una persona física.
La Resolución, que lleva la firma del presidente de la UIF, José Sbattella, alcanza a las personas físicas que posean un activo superior a los tres millones de pesos o hayan duplicado su activo o sus ventas en el término de un año, de acuerdo a la información proveniente de los estados contables auditados.
En esta avanzada contra eventuales maniobras de lavado de dinero se pondrán en marcha medidas de prevención que prevén la elaboración de un manual con mecanismos y procedimientos, a cargo de los consejos profesionales. Además, la política de conocimiento del cliente debe incluir criterios, medidas y procedimientos que contemplen al menos un análisis de las variaciones de las operaciones realizadas en relación con la información obtenida en oportunidad anteriores, la determinación del perfil transaccional y la identificación de operaciones que se apartan del perfil transaccional de cada cliente.
Fernández cuestionó la "incorporación de los profesionales independientes en una tarea que hasta el momento llevaban adelante los auditores y síndicos", a la vez que consideró que "en todo caso, vendría bien que se extendiera a otras profesiones para darle mayor equidad".
Por su parte, el especialista en Impuestos y legales de la consultora BDO, Alberto Mastandrea, explicó que "los profesionales de ciencias económicas ya se encontraban obligados a informar a la UIF, pero dicha exigencia se circunscribía sólo en la medida que actúen en su carácter de auditor externo o de síndicos societario".
"Con la incorporación del nuevo supuesto (preparación de las declaraciones juradas de impuestos a ciertas personas físicas) no sólo se abre el abanico de operaciones a analizar por parte del profesional actuante, sino además la UIF intenta perfeccionar y profundizar la lucha contra el Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo", señaló Mastandrea.
INFOBAE

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