viernes, 11 de febrero de 2011

ARGENTINA:Lavado de dinero: investigarán a clientes bancarios que muevan $ 500.000 al año

LA MEDIDA, QUE EMPEZARÁ A REGIR ESTOS DÍAS, PERMITE A LA UIF USAR DATOS DEL BCRA
La resolución acortará de 180 a 30 días el plazo para que los bancos reporten sospechas de lavado de dinero. En el sector creen poco probable poder cumplir con el nuevo requisito
Convertidos ya el año pasado en las grandes víctimas de la lucha contra el lavado de dinero, los bancos volverán a sentir en estos días una nueva estocada legal. Por una resolución que la UIF publicará en el Boletín Oficial, las entidades financieras verán recortado de tres meses a sólo uno el plazo para detectar e informar las operaciones sospechosas entre sus clientes; y empezarán a estar obligadas, además, a exigir llenar un legajo y presentar una declaración jurada sobre el origen de los fondos a aquellos clientes bancarios que realicen operaciones por un monto mayor a los $ 500.000 al año.
La resolución cuenta ya con la firma del titular del organismo, José Sbatella, y está lista para su publicación. El texto estuvo sometido durante estos días a una serie de reuniones entre los técnicos de la UIF y los principales banqueros locales. El punto más áspero y discutido fue, según pudo consignar El Cronista, el acortamiento del plazo para presentar el reporte de operación sospechosa (ROS). Esta nueva medida derogará la resolución 228/07, que estipulaba un plazo de hasta 180 días para presentarlo, y fijará ese límite en apenas 30 días. A lo largo de esta semana, algunos banqueros ya habían transmitido su temor por este artículo que, descontaban, incluiría la resolución. No hay posibilidad de que un banco pueda determinar una operación sospechosa en ese tiempo. La cantidad de operaciones que tiene un banco no es la misma que la de un escribano”, protestó un banquero. Atentos a eso, y tras una serie de reuniones con especialistas, en la UIF acordaron un tiempo de seis meses “para que las entidades adecúen sus sistemas informáticos” antes de tener que cumplir con la ley.
Así las cosas, la norma impondrá sobre las entidades un costo administrativo que hasta hace poco días ni siquiera tenían previsto. Deberán capacitar al
personal y actualizar todos sus sistemas antes de septiembre, precisaron en la UIF.
Según se desprende de la resolución, los clientes bancarios (tanto habituales como ocasionales) que registren un promedio mensual de operaciones que supere los $ 41.666 ($ 500.000 anual) deberán brindar los datos necesarios para confeccionar un legajo en la entidad, presentar una declaración jurada sobre la licitud y el origen de los fondos y, en tanto resulte necesario para definir el perfil del cliente, la correspondiente documentación respaldatoria que permita establecer su situación patrimonial y financiera.
En la resolución anterior, este monto estaba establecido en los u$s 30.000 por operación, y recaía sólo sobre los clientes ocasionales (no los habituales). Si bien esta ley debía cumplirse, la UIF sólo tenía atribución para sancionar y multar en el caso de que detectara la operación in situ. No estaba clara la complementación entre la UIF y el Central, que quedó establecida en el decreto presidencial de diciembre pasado, contó una fuente del organismo.
El Banco Central ya realiza actualmente una supervisión sobre los clientes bancarios, amparado en la ley de entidades financieras y en la ley penal cambiaria. Pero, hasta hoy, si bien podía informar a la UIF los incumplimientos que detectara, el organismo abocado a la lucha contra el lavado de dinero no tenía facultades para imponer una sanción.
Por la nueva resolución, y el decreto firmado en diciembre, esto cambió: los que violan la debida diligencia formarán parte de un expediente que terminará en la UIF, agregaron. La debida diligencia es el mecanismo que de ahora en más deberán cumplir las entidades, y que está descripto en los artículos de la ley que saldrá en estos días.
Los banqueros cuentan que las multas que aplica la UIF suelen constituir un daño grande en los balances de las compañías. El año pasado, las entidades sancionadas fueron el Banco Galicia (con $ 4,4 millones), el BBVA Francés ($ 39 millones), y el salteño MásVentas ($ 6 millones).
IGNACIO OLIVERA DOLL EL CRONISTA

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