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sábado, 9 de abril de 2011

La UIF suspende por 180 días la aplicación de la resolución sobre lavado de dinero que alcanza a exportadores, importadores, despachantes y agentes de

El organismo decidió posponer la entrada en vigor de la resolución 39/2011, que alcanza a exportadores, importadores, despachantes y agentes de carga
La Unidad de Información Financiera (UIF) informó que la próxima semana se dictará una norma que suspenderá por 180 días hábiles la aplicación de la resolución Nº 39/2011 para exportadores e importadores, que fija obligaciones preventivas, informativas y de control para el comercio exterior respecto de la comisión de delitos de lavado de activos y financiamiento de terrorismo, según informó la CAME a través de un comunicado.
Detalles de la normativa
Según el especialista Martín Climent, en febrero de este año, con motivo de las recomendaciones recibidas por la República Argentina en el plano internacional, la UIF dictó la resolución Nº 39/2011 la que especificó los mecanismos y exigencias que los importadores, exportadores, despachantes de aduana y agentes de transporte aduanero deben cumplir para encolumnarse con los objetivos de la mencionada Ley.
Ésta fue complementada luego por las Resoluciones UIF Nº 50/11 y 51/11. Estos sujetos quedan obligados a reportar las operaciones sospechosas y adoptar una política de prevención en materia de lavado de activos y financiación del terrorismo.
Esto es así sin importar los montos, habitualidad, la condición de nacional o extranjero de las personas incluidas en la definición de cliente u otras características de sus transacciones. La norma también establece una serie de sanciones y multas para quienes incumplan cualquiera de las obligaciones impuestas.
Estos agentes reaccionaron -con mayor o menor grado de organización- de forma corporativa, puesto que algunas de estas obligaciones les generan inconvenientes ciertos e incluso existen otras que son de imposible cumplimiento.
Por ejemplo, se les obliga a llevar un legajo de sus clientes en el que deberán registrar una serie de datos para identificar sus autoridades, representantes, apoderados o autorizados.
También a requerir la documentación que certifique sus designaciones y copia certificada del último balance, el que deberá actualizarse anualmente.
Golpe de timón
Al completar en el día de ayer su ronda de reuniones con las entidades representativas del Comercio Exterior, la desde la Cámara de Importadores (CIRA) emitieron un comunicado en el que detallaron que la UIF "nos ha comunicado oficialmente en el día de la fecha que su presidente, José Sbattella, hará publicar entre lunes y martes una resolución en el Boletín Oficial convocando a la CIRA (junto a otras entidades) a la formación de una Comisión Interdisciplinaria, con el objetivo de diseñar mecanismos que garanticen una instrumentación efectiva de la normativa específica, otorgando mientras tanto a importadores y exportadores una prórroga para la implementación de esas nuevas medidas".
Sbattella manifestó al respecto lo siguiente: "Considerando la complejidad del sector y su implicancia en el comercio internacional, resulta conveniente la creación de una comisión interdisciplinaria cuya misión será la de consensuar, en un plazo máximo de 180 días, los mecanismos que permitan instrumentar la nueva normativa de la UIF de manera eficiente".
La CIRA se mostró a favor de la decisión adoptada y comprometió "desde ya los mejores esfuerzos posibles del sector importador para colaborar en la tarea que lleva adelante la UIF, tendiente a combatir el lavado de activos y la financiación del terrorismo, objetivo de fondo que compartimos plenamente".

sábado, 2 de abril de 2011

Argentina:Prorrogan aplicación de normas antilavado de dinero

El Gobierno pisó el freno ayer con una medida que busca poner mayor control al lavado de dinero, pero que podría afectar el comercio exterior. A través de dos resoluciones publicadas en el Boletín Oficial se prorrogó por un mes una exigencia de la UIF a los exportadores e importadores.
A través de esas resoluciones, la UIF hizo lugar a las presentaciones que habían hecho las cámaras de Exportadores y la de Importadores. Las entidades -tal como había adelantado Clarín - habían realizado recursos administrativos buscando una prórroga a una resolucion del organismo de control de lavado de dinero que obligaba, a partir de ayer , a designar un director responsable de la información ligada al manejo de pagos y cobranzas. “Es toda una normativa incumplible, que arrancaba con esa designación, y que nos exigía que presentáramos una extensísima documentación sobre nuestros clientes y proveedores. Eso incluía desde balances a poderes de esas empresas extranjeras, todos traducidos y certificados: Se iba a frenar totalmente el comercio exterior , y los clientes iban a apelar a otros proveedores que no les exigieran tanto trámite”, dijeron los empresarios.
La UIF busca acelerar normas antilavado ante la presión del organismo multilateral que entiende en el tema, el GAFI. Pero su avance habría provocado incluso malestar dentro de la propia administración: algunas fuentes aseguran que en la AFIP hay enojo por lo que interpretan es inmiscuirse en su área.
Los empresarios quedaron con la UIF en trabajar la semana próxima en una nueva redacción de las normas , que se ajustes a los requerimientos internacionales, pero también a los tiempos del comercio exterior local.

viernes, 1 de abril de 2011

Argentina: Los operadores de comercio exterior presentaron recurso de amparo para la norma de la Unidad de Informacion Financiera

Los operadores del comercio exterior presentaron recursos administrativos para frenar la aplicación de una norma que comienza a regir mañana
Exportadores e importadores presentaron recursos administrativos para frenar la aplicación de una norma de control de lavado de dinero que empieza a regir este viernes. Se trata de una nueva norma que obliga a los operadores del comercio exterior a pedir amplia información a sus clientes y proveedores del exterior.
"Esto traba el comercio exterior y ningún país del mundo lo reclama", se quejaron los operadores al matutino Clarín.
El tema llegó incluso al debate dentro , el martes pasado. Pero es en las cámaras de Importadores y Exportadores donde tomó mayor volumen.
"Son medidas inaplicables", coincidieron desde el Consejo de la Unión Industrial Argentina (UIA) y desde las cámaras de Importadores y Exportadores.
De acuerdo a la resolución 39 de la Unidad de Información Financiera (UIF) los operadores deberían pedir a cada cliente o proveedor balances, actas de directorio, números de inscripción impositiva, listado de accionistas que superen el 20% de la propiedad, y otros datos.
"Si yo pido todo eso, le compran a otro proveedor, aún de países que cumplen con el GAFI, como los Estados Unidos o México, que no tienen esos requisitos", señalo al matutino Enrique Matilla, de la Cámara de Exportadores.
"Trasladaron a los empresarios controles que debería hacer el Estado , que es quien tiene el poder de policía y la información", agregó a Clarín Diego Pérez Santiesteban, de la Cámara de Importadores.

martes, 15 de febrero de 2011

Argentina: oficializan mayores controles en inmuebles y comercio exterior

La Unidad de Información Financiera (UIF) dispuso los procedimientos para evitar el lavado de dinero en las importaciones y exportaciones, y sobre las operaciones de compra y venta de inmuebles.
Los registros de propiedad inmuebles deberán implementar políticas activas de prevención de uso de dinero de origen ilícito, capacitar al personal y designar un oficial que mantendrá el contacto directo con la UIF.
Entre los ítems a tener en cuenta para catalogar una operación de compra-venta de inmuebles como sospechosa la UIF menciona “las inscripciones sucesivas sobre un mismo inmueble, en un plazo de dos años cuando la diferencia entre el precio de la primera operación y de la última sea superior al 30%”.
También “la multiplicidad de inscripciones u anotaciones en cabeza de una misma persona, ya sea física o jurídica, dentro del plazo de un año” es otro indicador previsto por la UIF en la resolución 41 publicada hoy en el Boletín Oficial.
También, “la multiplicidad de nombres, Documento Nacional de Identidad, Clave Unica de Identificación Tributaria o Laboral, Cédula de Identidad o cualquier otro elemento de identificación en cabeza de la misma persona”, así como la “coincidencia” de nombres o de números de los documentos de identificación antedichos.
En cuanto a las operaciones de importación y exportación, la UIF determinó los procedimientos de prevención que deben implementar los despachantes de aduanas, agentes de transporte aduanero, importadores y exportadores, según la resolución 39.
Al igual que como la UIF definió para otros sectores de la actividad económica, los operadores de comercio exterior deberán “reforzar el procedimiento de identificación del cliente” cuando se sospeche que sean empresas pantalla, fideicomisos y en transacciones a distancia.
Esto es especialmente en operaciones y relaciones comerciales realizadas “con personas de o en países que no aplican o aplican insuficientemente las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional” (GAFI).
El Cronista

Carteles de la droga mexicanos "se propagan en EE.UU."

PRESENTACION Correspondiente al Curso El Rol del Profesional en la Prevencion del Lavado de Activos

EE.UU. crea "policía" financiera

Golpe a la Familia Michoacana en EE.UU.

FUGA DE CAPITALES POR CARLOS MELCONIAN 03/09/09