viernes, 17 de junio de 2011

ARGENTINA: proyecto de ley para que las obras sociales reporten a la UIF

El diputado Gerardo Milman (GEN) presentó un proyecto para que las asociaciones sindicales, obras sociales y mutuales sindicales deban informar sus operaciones a la Unidad de Información Financiera (UIF), que actúa contra del lavado de dinero.
El diputado nacional Gerardo Milman (GEN) presentó un proyecto que propone incorporar a las asociaciones sindicales, obras sociales y mutuales sindicales como sujetos obligados a informar sus operaciones a la Unidad de Información Financiera (UIF), que actúa contra del lavado de dinero.
Milman, quien es vicepresidente de la comisión de Seguridad Interior, argumentó que "las fundaciones y asociaciones civiles sin fines de lucro han servido como pantalla para lavar dinero, construir edificios a sobrecosto y enriquecer a operadores, directivos, responsables financieros, intermediarios y contratistas". También aseguró que millones de dólares se mueven en las denominadas "mesas de dinero" con "absoluta liviandad y sin control".
Milman consideró que los sindicatos "manejan ingentes sumas de dinero cuya administración, en determinados casos, es poco clara". Y llamó la atención respecto a que hay "determinados líderes sindicales" que muestran "un modo de vida que, evidentemente, no se condice ni con sus ingresos reales ni con su condición de simples trabajadores".

viernes, 10 de junio de 2011

Argentina: Multan al Macro por no denunciar operaciones sospechosas de lavado de dinero

La Unidad de Información Financiera (UIF) dijo hoy que aplicó una multa millonaria a Banco Macro por no reportar operaciones sospechosas de lavado de dinero.
La multa, de 1,43 millones de pesos (337.000 dólares), se aplicó “por considerar que la entidad incumplió su deber de reportar operaciones sospechosas de lavado de dinero de procedencia ilícita”, dijo en una nota la UIF, organismo encargado de combatir esas prácticas.
“El monto global de la multa equivale a las sumas involucradas en las transacciones que el banco omitió informar a la UIF, pese a su condición de sujeto obligado a reportar al Estado toda operación susceptible de canalizar fondos de origen ilegal”, agregó.
El Banco Macro es la segunda mayor entidad financiera privada de Argentina y tuvo ganancias por 257,6 millones de pesos (60,3 millones de dólares) en el primer trimestre.
El cronista

lunes, 6 de junio de 2011

Argentina: La unidad antilavado frenó los casos contra Sergio Schoklender y Moyano

La Unidad de Información Financiera (UIF) cajoneó durante meses la investigación sobre Sergio Schoklender, decisión que también extendió al líder de la Confederación General del Trabajo (CGT), Hugo Moyano, por presuntas irregularidades detectadas en la obra social de los camioneros, indicaron a LA NACION tres fuentes con conocimiento de lo que ocurre dentro de la unidad antilavado.
La decisión de las autoridades de la UIF, José Sbattella y Gabriel Cuomo, de mover la pesquisa sobre Schoklender y presentar miles de hojas sin procesar ante la Unidad Fiscal de Investigación de Delitos de Lavado de Dinero (Ufilavdin), a cargo del fiscal general Raúl Plee, se tomó contra reloj durante las últimas semanas. En particular, luego de que este diario reveló la politización del organismo y la protección otorgada al Banco Macro y a su presidente, Jorge Brito, que derivó en la apertura de una investigación preliminar por posibles delitos por parte del fiscal federal Carlos Stornelli.
El proceso en la UIF se aceleró aún más, sin embargo, tras la difusión de los primeros indicios sobre una pelea entre los hermanos Schoklender. "Lo hicieron porque el caso era una papa caliente dentro de la UIF y se lo querían sacar de encima", relató una fuente al tanto de lo que ocurre dentro de la UIF. "La presentación [ante Plee] la llenaron de papeles inservibles", acotó.
En Tribunales coinciden con esa visión. "Tuvieron parada la investigación durante meses y la UIF pudo haber hecho mucho más que juntar papeles. No hicieron nada de inteligencia o de trabajo de campo", relató a LA NACION una fuente de Comodoro Py que accedió al material, y remarcó un dato que consideró "por lo menos curioso". Recordó que apenas un día después afirmar en los medios que no había "indicios" en contra de Schoklender, Sbattella envió todo a la Justicia por considerarlo sospechoso sin que conste nada en el expediente interno que haya dado un vuelco a la pesquisa. "¿Qué pasó en el medio? ¿Alguien desde arriba dio la orden de soltarle la mano?", ironizó la fuente.
Según fuentes de la UIF, los responsables del caso Schoklender fueron los mismos que avanzan a paso cansino con el Banco Macro. Entre otros, la titular del área de Asuntos Jurídicos, Mariana Quevedo; la ex integrante de esa área, asesora legal y actual consejera de la Unidad, María Laura Gómez, y el secretario general ejecutivo de la Unidad, Federico de Negri. Todos ellos, en la órbita y bajo el control directo de Cuomo y Sbattella.
El propio titular de la UIF pasó por todas las direcciones del organismo; el 19 de mayo pasado, y a puertas cerradas, les reclamó a los empleados por la "fuga de información", publicada en LA NACION. Aclaró que se estaba "analizando el problema", lo que derivó en la paranoia dentro de la Unidad sobre eventuales escuchas telefónicas y pinchadura de correos electrónicos.
Los controles constatados, por lo pronto, abarcan la revisión de bolsas, carteras y mochilas de los técnicos de la UIF cada vez que entran o salen del organismo. Esa práctica contrasta con la libre circulación de las computadoras portátiles de las nuevas autoridades y los responsables del área informática, que mueven información sensible por su cuenta, relataron desde la UIF.
Tres semanas antes del planteo de Sbattella sobre "fuga de información", el 29 de abril, las autoridades habían aportado otra muestra de la creciente politización del organismo. Ese viernes, mientras los técnicos trabajaban en el análisis de distintos legajos, ingresó gente con bombos y pancartas con el rostro de Cristina Kirchner. A metros de allí, Moyano lideraba un masivo acto en la avenida 9 de Julio.
"Escuchar a los directivos [de la UIF] decir que teníamos total permiso para retirarnos e ir al acto de Moyano superó todo lo imaginable", relató una fuente que presenció lo ocurrido en el organismo, que, a su vez, cuenta con investigaciones pendientes sobre el dirigente gremial. "Paradójico, ¿no? ¿No somos profesionales técnicos con la finalidad de combatir el lavado de dinero?", ironizó.
Sbattella y Moyano mantienen un vínculo que se reforzó cinco años atrás, cuando el titular de la UIF fue despedido por el presidente Néstor Kirchner -por entonces en buenos términos con el Grupo Clarín- luego de que se opuso desde la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia a la fusión de las señales Cablevisión y Multicanal.
Ya fuera de la función pública, Sbattella recaló en el área económica de la CGT, donde se encargó de estimar la célebre "inflación del supermercado", que luego Moyano invocaba en público para presionar al Gobierno y a las empresas. Y tras la pelea entre los Kirchner y Clarín, cuando Sbattella ingresó en la UIF, su vínculo con Moyano se mantuvo, incluso después de que la Justicia recibió un pedido desde Suiza sobre la empresa Covelia y sus vínculos con el líder de la CGT.
Eso ocurrió, además, en forma paralela a la pesquisa del juez federal Norberto Oyarbide sobre un eventual rol de Moyano con la mafia de los medicamentos. Simultáneamente, la UIF obtuvo datos sobre presuntas irregularidades y supuestas defraudaciones dentro de la obra social de los camioneros, relataron a este diario dos fuentes con conocimiento de aquella investigación.
La pesquisa de la UIF, relató una de ellas, "había nacido por el reporte [de operación sospechosa] de un banco", pero también quedó en manos del núcleo de extrema confianza de Sbattella dentro de la UIF: Quevedo, Gómez, De Negri y Cuomo, junto con una estrecha colaboradora de éste, la directora de Análisis, Ana Helbardt, según reconstruyó LA NACION.
Hugo Alconada Mon

Argentina:Nuevas reglas sobre lavado de dinero: alertan sobre las consecuencias de levantar el secreto fiscal

La nueva normativa que regula el lavado de dinero ya es una realidad. Si bien aún resta dar algunos pasos para que la flamante ley comience a regir, lo cierto es que, tras la reforma, y se ha disparado la polémica y también la preocupación de los contribuyentes y especialistas en la materia.
El principal cambio introducido es, indudablemente, la creación de la figura de lavado de dinero como un delito en sí mismo. Sin embargo, el texto aprobado por el Senado, el miércoles pasado, plantea otras modificaciones, entre las que se destaca el tema del levantamiento del secreto fiscal.
En efecto, los expertos consultados por iProfesional.com, advirtieron sobre las consecuencias de este cambio. En este sentido, puntualizaron que la UIF ahora cuenta con mayores facultades para investigar y que esto incluye a las operaciones de lavado de dinero proveniente de la evasión penal tributaria.
También destacaron que, en principio, existe una especie de "colisión" de normas a la hora de determinar hasta qué punto la AFIP puede negarse a proporcionar los datos solicitados por el organismo que conduce José Sbattella.
incluso, los expertos fueron más allá y ya se plantean un interrogante clave: la AFIP, en caso de descubrir una maniobra "sucia", ¿ante quién debe denunciarla?, ¿debe hacerlo ante la UIF?.
El levantamiento del secreto fiscal
Una de las primeras dudas que surgen, luego de sancionada la ley, es qué impacto tendrá el levantamiento del secreto fiscal.
Según la Agencia Parlamentaria FOIA, la respuesta se encuentra en el artículo 14 de la norma recientemente aprobada. De acuerdo con el mismo, la Unidad de Información Financiera (UIF) está facultada para solicitar información a un punto tal que no se podrá oponer "el secreto bancario, fiscal, bursátil o profesional, ni los compromisos legales o contractuales de confidencialidad" para no suministrar los datos requeridos.
Es decir, ante un pedido formulado por el organismo nadie podría oponérsele. En este sentido, ni siquiera la AFIP, en principio, podría hacer valer la Ley de Procedimientos Administrativos (Ley 11.683), tal como lo hacía hasta ahora.
Teresa Gómez, socia del estudio Harteneck, Quian, Teresa Gómez & Asociados, analizó este punto y señaló que "la Ley de Procedimiento Tributario tiene establecido y garantizado el secreto fiscal en su artículo 101". Pero, aclaró, "acá se genera un gran interrogante: ¿qué norma es la que debe prevalecer, si en la nueva normativa no hubo modificaciones a la Ley 11.683 en esta materia?".
En tanto, Tomás Wilson Rae, titular del estudio TWR abogados, destacó que, al existir tantas normas que regulan sobre la misma materia se generan dudas respecto del orden en que hay que considerar las leyes.
"Lo que habría que ver es qué ley se debe aplicar subsidiariamente: si la Ley 11.683, o la Ley de procedimientos administrativos o las reglas del proceso penal", remarcó el especialista y agregó: "Quedan más dudas que certezas".
Por otra parte, el especialista en derecho tributario, Gustavo Durini, afirmó que "la UIF tiene ahora más facultades que la AFIP, pues tras detectar una operación sospechosa, podrá investigarla y analizarla a los fines de evitarla, aún antes de que el fisco nacional determine la existencia de un ilícito tributario por la vía correcta, que es la fiscalización, luego de la presentación de las declaraciones juradas pertinentes".
El experto, además, indicó que "la severidad en la preservación del secreto fiscal radica en que el mismo es una norma de orden público, cuyo fin es preservar el derecho constitucional de defensa en juicio (artículo 18 de la Constitución Nacional), y de ese modo, evitar la auto incriminación, que los papeles privados sean ventilados públicamente y, eventualmente, utilizados en juicio en su contra".
"El secreto fiscal busca asegurar la percepción de la renta pública, evitando que el contribuyente presente declaraciones juradas inexactas por miedo a sufrir sanciones en otros ámbitos extrafiscales", indicó.
En este escenario, Gómez remarcó: "Los cambios introducidos son de una complejidad inusitada, con modificaciones en el Código Penal y en la Ley 25.246, que forman una maraña legislativa de difícil comprensión, lo que nos lleva a augurar una muy difícil implementación".
Guillermo Fernández, secretario de la Federación Argentina de Consejos de Profesionales en Ciencias Económicas (Facpce), también advirtió sobre el impacto del polémico artículo 14 y precisó que, "a partir de ahora, los profesionales deberán proporcionar a la UIF toda la información que requiera, ya que el secreto profesional también está levantado".
En tanto, Raúl Saccani, Gerente Senior de Forensic Services de KPMG, destacó que "con la introducción de los ilícitos de la Ley 24.769 en la lista corta de los delitos previos, no quedan dudas de que la UIF puede investigar operaciones de lavado de dinero proveniente de la evasión penal tributaria".
"La UIF tiene un mayor poder para investigar", agregó.
"Esto es así, porque antes, el artículo 6 estipulaba taxativamente delitos previos en los que debía intervenir. Ahora, al introducir la palabra `preferentemente´, cualquier delito precedente puede ser objeto de investigación", afirmó el especialista.
Qué cambios introduce la nueva normativa
Para explicar las modificaciones incluidas por la nueva ley, Saccani indicó cómo era el proceso antes de las modificaciones y cuál sería el nuevo escenario una vez que se promulgue y reglamente el texto normativo, tal cual como fue aprobado en el Congreso.
El especialista explicó que, antes de los cambios, "la UIF, una vez que recibía los Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS), complementaba esa información con datos de otras fuentes, tales como otros obligados a informar, entes reguladores (como el BCRA y CNV), la policía, la AFIP, entre otros. Así, el organismo lograba tener un panorama más amplio de la situación".
"Ahora bien, cuando nació la ley antilavado, ningún organismo puso reparo para proporcionar a la UIF información adicional. Sin embargo, la AFIP no lo hacía por lo establecido en la Ley de Procedimientos Tributarios, que establece que todos los datos del organismo tiene gozan del secreto fiscal", señaló.
De esta forma, por ejemplo, si la UIF pedía los datos de las declaraciones juradas de Ganancias de algún sospechoso de maniobras de lavado a la AFIP, recibía un "no" como toda respuesta. Y, ante este hecho, el organismo que conduce José Sbattella debía recurrir a la Justicia, para solicitarle a un juez que levantara el secreto fiscal.
"Esto demoraba mucho los tiempos", remarcó, al respecto, Saccani.
"Ahora, con los cambios introducidos, los procesos serán, sin dudas, mucho más ágiles y rápidos", debido a que "el pedido ya no deberá pasar por un juez que lo autorice".
Evasión vs. lavado de dinero
A fin de entender las diferencias que existen entre evasión tributaria y lavado de dinero, y porqué no deberían ser tratadas, en un principio, del mismo modo, iProfesional.com también consultó a diversos expertos en la materia.
Al respecto, Gómez explicó que "la plata proveniente de una evasión es, por llamarlo de algún modo, `dinero negro´, mientras que la derivada de un ilícito, es `dinero sucio´".
"Cuando hablamos de `dinero negro´, hablamos de ingresos que provienen de una actividad lícita que no fueron declarados como lo establecen las normas tributarias. En cambio, los fondos del lavado proviene de una actividad ilícita", resaltó la especialista.
De este modo, remarcó que "no hablamos de lo mismo. No es lo mismo `dinero sucio´ que `dinero negro´".
En tanto, Fernández recordó que "hay evasión cuando no se pagan impuestos utilizando para ello algún ardid o engaño" y aclaró que "no siempre no pagar es evasión".
"Ahora bien -continuó el especialista-, si con el producto de la evasión, un contribuyente compra un bien y lo incorpora al mercado lícito, podrá ser acusado, no sólo de evasor, sino también de lavado de dinero".
Asimismo, Saccani agregó que "respecto del trabajo conjunto que pueden tener la AFIP y la UIF, cabe esperar, y sería razonable, que ambos investiguen juntos, y no paralelamente. Además, es justamente el GAFI quien critica que no haya tanta coordinación entre organismos".
Zonas grises
Otras de las incógnitas que se platean giran en torno a quién deberá investigar en materia de evasión fiscal, así como los derechos constitucionales que se vulneran con el nuevo marco normativo.
En este sentido, Gómez, señaló que "por el momento, hay muchos interrogantes, por ejemplo: la AFIP, en caso de descubrir una maniobra sucia ¿ante quién debe denunciar? ¿ante la UIF?".
"No hay que olvidar, en este sentido, que la UIF pertenece al ámbito del Poder Ejecutivo, y no al Poder Judicial", indicó la especialista y sostuvo que "otra pregunta que nace es quién va a tener el poder de investigación y de denuncia".
"Además, hay que tener presente que, si no se hacen bien las cosas en materia penal, las acciones son nulas. Y, por ahora, ambos organismos son administrativos, y no judiciales", destacó.
"Lo único que tengo claro es una cosa: la AFIP y la UIF tienen que denunciar ante la Justicia. Sino se vulnera el derecho constitucional a la defensa", remarcó Gómez.
Por último, Durini concluyó que la aplicación de la nueva normativa "podría violar varios derechos constitucionales como ser el debido proceso, defensa en juicio, libre comercio, inviolabilidad de la propiedad, entre otros, e interferir en los fines del Estado Nacional, como ser la recaudación impositiva y el otorgamiento de beneficios y exenciones fiscales".
fuente: iprofesional

martes, 31 de mayo de 2011

Argentina: BANCO FUEGUINO APELARA SANCION DEL BCRA POR CASO DE LAVADO

Las autoridades del Banco de Tierra del Fuego (BTF) confirmaron hoy que apelarán judicialmente la multa de 950 mil pesos impuesta por el Banco Central a raíz de un presunto caso de lavado de dinero ocurrido a comienzos de 2003.
El vicepresidente de la entidad crediticia fueguina, Marcelo Posee, no descartó además accionar contra los ex directivos del banco que fueron vinculados con la maniobra ocurrida durante el mandato del ex gobernador provincial Carlos Manfredotti.
Posee ratificó que tras un sumario iniciado en 2005, el BCRA acaba de sancionar también a diez integrantes del BTF, con penas de multa y, en la mayoría de los casos, con inhabilitación para desempeñarse en entidades financieras públicas o privadas.
Entre los castigados se encuentra el ex presidente del banco fueguino, Gustavo Lofiego, y Luis Fiszbein, el ex gerente de la sucursal Buenos Aires, donde tuvieron lugar las irregularidades que investigó el Central.
La maniobra que dio por demostrada el sumario consistía en la simulación de operaciones de compra y venta de dólares y euros, por montos nunca superiores a los 10 mil pesos para evitar la intervención de otros organismos de control.
Los funcionarios bancarios involucrados se valieron de listados de personas beneficiarias de planes de empleo, o fallecidas, para fraguar la venta minorista de divisas que antes simulaban comprar en las financieras Divisar SA y Transcambio SA, según se desprende de documentación oficial a la que accedió Télam.
En la lista de supuestos compradores figuraban personas residentes en la localidad de Villa San Martín, Santiago del Estero; y en Río Tercero, Córdoba; entre otros lugares del país.
La investigación corroboró que en muchos de los casos se consignaban DNI correlativos, y que una misma persona había firmado varios de los comprobantes de las operatorias.
El caso había sido denunciado ante la Justicia Federal por la actual gobernadora Fabiana Ríos, el actual senador nacional (Nuevo Encuentro) José Martínez y el diputado provincial Manuel Raimbault.
La denuncia dio lugar a la causa 3028/03 caratulada "BTF Banco Provincia de Tierra del Fuego suc. Cap. Fed. S/Lavado de activos de origen delictivos", que hasta el momento no registró avances significativos.
En cambio el sumario del Central corroboró por una parte que las registraciones contables de la entidad no reflejaban la realidad jurídica de las operaciones, y por otra, el incumplimiento de las normativas mínimas sobre controles internos.
Las penas más altas fueron para Lofiego, a quien multaron con 833 mil pesos e inhabilitación por 4 años, mientras que Fiszbein fue multado con 900 mil pesos e inhabilitación por 5 años

jueves, 26 de mayo de 2011

Argentina: La UIF modifico las normas antilavado para profesionales en ciencias economicas

Como corolario de las conversaciones llevadas a cabo en el Senado de la Nación y en la Unidad de Información Financiera (UIF) por la legislación y reglamentación, respectivamente, de la Ley de Lavado de Dinero, este último organismo acaba de emitir la Resolución Nº 65/2011, que de hecho reemplaza a la anterior Resolución UIF Nº 25/2011 (la cual queda ahora derogada), referida a las obligaciones de los profesionales cuyas actividades están reguladas por los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas.
Como aspecto sustancial a destacar de la Resolución Nº 65, cabe mencionar que la UIF consideró necesario limitar la definición de sujeto obligado a informar, a aquellos profesionales que se desempeñen como Síndicos Societarios y como Auditores Externos de estados contables, en los casos en que las actividades se brinden a las siguientes entidades:
a) a las enunciadas en el artículo 20 de la Ley Nº 25.246 y modificatorias (sujetos obligados), o;
b) las que no estando enunciadas en dicho artículo (sujetos no obligados), según los estados contables auditados:
1. posean un activo superior a $ 6 millones o;
2. hayan duplicado su activo o sus ventas en el término de 1 año
Se han atendido, de ese modo –y vale la pena resaltar la receptividad de la autoridad de aplicación- los planteos realizados por el Consejo Profesional de Ciencias Economicas de Capital Federal, que desplegó sus esfuerzos para evitar que la reglamentación introduzca obligaciones desmedidas a nuestros profesionales, ya sea por la naturaleza y características de los servicios que prestan o porque el volumen de su actividad no justifica que queden incorporados como sujetos obligados. Respecto de Res. 25/2011, la nueva reglamentación excluyó como sujetos obligados a los profesionales independientes que preparen DDJJ de impuestos de personas físicas, y elevó de $ 3 a $ 6 millones el monto del activo mínimo a partir del cual los profesionales deberán aplicar procedimientos de prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo en sujetos no obligados. Adicionalmente, al fijarse como fecha de vigencia de la nueva Resolución los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2011, esto permitirá que los profesionales alcanzados puedan llevar a cabo el análisis e implementación de los cambios a sus políticas y procedimientos en materia de lavado de activos y financiación del terrorismo, así como las correspondientes actividades de capacitación, dentro de plazos razonables.

martes, 17 de mayo de 2011

Argentina:Sbatella denunció presiones de sectores económicos para evitar la sanción de la Ley de Antilavado

El titular de la Unidad de Información Financiera (UIF), José Sbatella, aseguró que hay sectores económicos que, si bien no lo pueden hacer explícito, se oponen a la Ley de Antilavado de dinero porque se verían “obligados a dar explicaciones más claras” respecto de sus cuentas. En ese sentido ubicó una nota publicada ayer por el diario La Nación que afirma que “la UIF se convirtió en una creciente herramienta política, con un peso notable de jóvenes militantes” para "hacer mierda a tal empresario" o promover que "con tal otro no jodamos".
Explicó que esta versión “tiene que ver con la ley que está por salir” debido a que “estos sectores que estarían obligados a dar explicaciones más claras están muy complicados para decir que no quieren que salga la ley”, por lo que “una de las formas es utilizar notas que tergiversen o filtren opiniones contrarias a un organismo que la Ley va a jerarquizar”.
En declaraciones a FM Provincia, Sbatella resaltó que la información vertida por La Nación “me pareció una especie de regresión al fundamentalismo de los ’70 cuando la juventud que tenía compromiso era considerada algo maligno y así terminó toda esa época”. En tanto, enfatizó que desde la UIF “movemos las causas en función de la dinámica de los jueces”, por cuanto aunque “podemos elevar datos, es muy difícil que pudiéramos motorizar algo que no tuviera una cuestión judicial probable”.
El titular de la UIF sostuvo que el proyecto de Ley de Antilavado que cuenta con media sanción de Diputados fue debatida días atrás en la Comisión de Justicia del Senado, donde “quedaron algunos temas pendientes respecto de la implementación y la posibilidad de hacer alguna corrección en cuestiones formales”. De todos modos, confía en que el primero de junio se sancionará la norma.
El funcionario recordó que la sanción de la ley fue uno de los reclamos que se prometió ante el Grupo de Acción Financiero Internacional (GAFI) que se reúne próximamente en México, como consecuencia de que “la legislación vigente que tiene al lavado como encubrimiento no ha permitido sanción y no ha sido efectiva después de 10 años de aplicación porque es muy difícil encontrar al encubridor y seguir el camino del dinero”.
Existe una falacia impresionante porque la nota se genera de reportes que manda el sistema de lavado. Los reportes de personas sospechosas no los genera la UIF.

Carteles de la droga mexicanos "se propagan en EE.UU."

PRESENTACION Correspondiente al Curso El Rol del Profesional en la Prevencion del Lavado de Activos

EE.UU. crea "policía" financiera

Golpe a la Familia Michoacana en EE.UU.

FUGA DE CAPITALES POR CARLOS MELCONIAN 03/09/09