LA MEDIDA, QUE EMPEZARÁ A REGIR ESTOS DÍAS, PERMITE A LA UIF USAR DATOS DEL BCRA
La resolución acortará de 180 a 30 días el plazo para que los bancos reporten sospechas de lavado de dinero. En el sector creen poco probable poder cumplir con el nuevo requisito
Convertidos ya el año pasado en las grandes víctimas de la lucha contra el lavado de dinero, los bancos volverán a sentir en estos días una nueva estocada legal. Por una resolución que la UIF publicará en el Boletín Oficial, las entidades financieras verán recortado de tres meses a sólo uno el plazo para detectar e informar las operaciones sospechosas entre sus clientes; y empezarán a estar obligadas, además, a exigir llenar un legajo y presentar una declaración jurada sobre el origen de los fondos a aquellos clientes bancarios que realicen operaciones por un monto mayor a los $ 500.000 al año.
La resolución cuenta ya con la firma del titular del organismo, José Sbatella, y está lista para su publicación. El texto estuvo sometido durante estos días a una serie de reuniones entre los técnicos de la UIF y los principales banqueros locales. El punto más áspero y discutido fue, según pudo consignar El Cronista, el acortamiento del plazo para presentar el reporte de operación sospechosa (ROS). Esta nueva medida derogará la resolución 228/07, que estipulaba un plazo de hasta 180 días para presentarlo, y fijará ese límite en apenas 30 días. A lo largo de esta semana, algunos banqueros ya habían transmitido su temor por este artículo que, descontaban, incluiría la resolución. No hay posibilidad de que un banco pueda determinar una operación sospechosa en ese tiempo. La cantidad de operaciones que tiene un banco no es la misma que la de un escribano, protestó un banquero. Atentos a eso, y tras una serie de reuniones con especialistas, en la UIF acordaron un tiempo de seis meses para que las entidades adecúen sus sistemas informáticos antes de tener que cumplir con la ley.
Así las cosas, la norma impondrá sobre las entidades un costo administrativo que hasta hace poco días ni siquiera tenían previsto. Deberán capacitar al
personal y actualizar todos sus sistemas antes de septiembre, precisaron en la UIF.
Según se desprende de la resolución, los clientes bancarios (tanto habituales como ocasionales) que registren un promedio mensual de operaciones que supere los $ 41.666 ($ 500.000 anual) deberán brindar los datos necesarios para confeccionar un legajo en la entidad, presentar una declaración jurada sobre la licitud y el origen de los fondos y, en tanto resulte necesario para definir el perfil del cliente, la correspondiente documentación respaldatoria que permita establecer su situación patrimonial y financiera.
En la resolución anterior, este monto estaba establecido en los u$s 30.000 por operación, y recaía sólo sobre los clientes ocasionales (no los habituales). Si bien esta ley debía cumplirse, la UIF sólo tenía atribución para sancionar y multar en el caso de que detectara la operación in situ. No estaba clara la complementación entre la UIF y el Central, que quedó establecida en el decreto presidencial de diciembre pasado, contó una fuente del organismo.
El Banco Central ya realiza actualmente una supervisión sobre los clientes bancarios, amparado en la ley de entidades financieras y en la ley penal cambiaria. Pero, hasta hoy, si bien podía informar a la UIF los incumplimientos que detectara, el organismo abocado a la lucha contra el lavado de dinero no tenía facultades para imponer una sanción.
Por la nueva resolución, y el decreto firmado en diciembre, esto cambió: los que violan la debida diligencia formarán parte de un expediente que terminará en la UIF, agregaron. La debida diligencia es el mecanismo que de ahora en más deberán cumplir las entidades, y que está descripto en los artículos de la ley que saldrá en estos días.
Los banqueros cuentan que las multas que aplica la UIF suelen constituir un daño grande en los balances de las compañías. El año pasado, las entidades sancionadas fueron el Banco Galicia (con $ 4,4 millones), el BBVA Francés ($ 39 millones), y el salteño MásVentas ($ 6 millones).
IGNACIO OLIVERA DOLL EL CRONISTA
viernes, 11 de febrero de 2011
martes, 8 de febrero de 2011
ARGENTINA: Lavado de dinero, controlarán los operaciones de capitalización y ahorro
En otra de las medidas implementadas en los últimos días, la Unidad de Información Financiera (UIF) exigirá la documentación que respalde el origen de los fondos que permitan operaciones iguales o superiores a los 40.000 pesos
La resolución 34 publicada hoy en el Boletín Oficial enumera la variedad de políticas de control que deberán implementar las sociedades de capitalización, de ahorro, de ahorro y préstamo, de economía, de constitución de capitales u otra determinación similar o equivalente.
Las sociedades deberán exigir a sus clientes la documentación que respalde el origen de los fondos cuando se realicen cesiones de un contrato de ahorro o título de "capitalización vigente" o "renunciado rescindido" y cancelaciones anticipadas de un contrato de ahorro, que involucren 40.000 pesos o más.
También cuando se realice un "cambio de modelo del bien suscripto por un modelo cuyo valor sea mayor a un 50% del valor del bien suscripto al momento del cambio", y una licitación con dinero en efectivo de un contrato de ahorro, que involucren cifras de 40.000 pesos o superiores.
iprofesional
La resolución 34 publicada hoy en el Boletín Oficial enumera la variedad de políticas de control que deberán implementar las sociedades de capitalización, de ahorro, de ahorro y préstamo, de economía, de constitución de capitales u otra determinación similar o equivalente.
Las sociedades deberán exigir a sus clientes la documentación que respalde el origen de los fondos cuando se realicen cesiones de un contrato de ahorro o título de "capitalización vigente" o "renunciado rescindido" y cancelaciones anticipadas de un contrato de ahorro, que involucren 40.000 pesos o más.
También cuando se realice un "cambio de modelo del bien suscripto por un modelo cuyo valor sea mayor a un 50% del valor del bien suscripto al momento del cambio", y una licitación con dinero en efectivo de un contrato de ahorro, que involucren cifras de 40.000 pesos o superiores.
iprofesional
lunes, 7 de febrero de 2011
Duro informe de los EEUU sobre la trata de personas en la Argentina
Un documento del Departamento de Estado sostuvo que el país es "fuente, lugar de tránsito y destino de personas sometidas a la trata", en su mayoría mujeres y niños. Acusa a gobiernos provinciales y municipales de permitir este tipo de delito
En el documento, los especialistas norteamericanos denunciaron que el país "exporta" mujeres y niños para su explotación sexual a México, Europa occidental y a las naciones limítrofes. En tanto, recibe personas para ese mismo fin especialmente de Paraguay, Brasil, Perú y República Dominicana.
Por otra parte, indicó que una cantidad "considerable" de bolivianos, paraguayos y peruanos víctimas de la trata llegaron al país para realizar trabajos forzosos en talleres clandestinos. Son sometidos a condiciones de explotación, en especial en la agricultura y los servicios domésticos, agregó, según publicó el sitio web El Siglo.
"No hubo denuncias de participación de autoridades federales en la trata de personas. No obstante, hubo denuncias de corrupción generalizada y connivencia con traficantes a nivel provincial y municipal que impidieron la persecución penal. Hubo algunas iniciativas por investigar y perseguir penalmente a funcionarios oficiales y de la Policía municipal bajo sospecha de participación en la trata de personas", destacó el documento.
El informe agregó que cerca de 5.000 niños fueron reclutados para la pornografía infantil y el turismo sexual, tópico en el que se observa "la reticencia del Gobierno a procesar y condenar casos de abuso de menores".
Con respecto al trabajo infantil, retomó las propias estadísticas del Gobierno argentino para destacar que hoy cerca de 450 mil menores trabajan, lo que equivale a un 7% de los niños de entre 5 y 13 años y a un 20% de los menores de 14. Se destacó la zona rural como la principal empleadora, sobre todo en lo referido a las quintas familiares y de terceros en la producción de tabaco, algodón y uvas, la mayor parte de las veces en contacto directo con plaguicidas sin la debida protección.
En tanto, en las zonas urbanas los menores se desempeñan en el servicio doméstico y en la calle como vendedores ambulantes, lustrabotas o "recicladores de basura", en referencia a los cartoneros.
Estas consideraciones forman parte de un trabajo más extenso sobre la situación de la Argentina. Como conclusión, los especialistas señalaron que el país es "fuente, lugar de tránsito y destino de personas sometidas a la trata".
En el documento, los especialistas norteamericanos denunciaron que el país "exporta" mujeres y niños para su explotación sexual a México, Europa occidental y a las naciones limítrofes. En tanto, recibe personas para ese mismo fin especialmente de Paraguay, Brasil, Perú y República Dominicana.
Por otra parte, indicó que una cantidad "considerable" de bolivianos, paraguayos y peruanos víctimas de la trata llegaron al país para realizar trabajos forzosos en talleres clandestinos. Son sometidos a condiciones de explotación, en especial en la agricultura y los servicios domésticos, agregó, según publicó el sitio web El Siglo.
"No hubo denuncias de participación de autoridades federales en la trata de personas. No obstante, hubo denuncias de corrupción generalizada y connivencia con traficantes a nivel provincial y municipal que impidieron la persecución penal. Hubo algunas iniciativas por investigar y perseguir penalmente a funcionarios oficiales y de la Policía municipal bajo sospecha de participación en la trata de personas", destacó el documento.
El informe agregó que cerca de 5.000 niños fueron reclutados para la pornografía infantil y el turismo sexual, tópico en el que se observa "la reticencia del Gobierno a procesar y condenar casos de abuso de menores".
Con respecto al trabajo infantil, retomó las propias estadísticas del Gobierno argentino para destacar que hoy cerca de 450 mil menores trabajan, lo que equivale a un 7% de los niños de entre 5 y 13 años y a un 20% de los menores de 14. Se destacó la zona rural como la principal empleadora, sobre todo en lo referido a las quintas familiares y de terceros en la producción de tabaco, algodón y uvas, la mayor parte de las veces en contacto directo con plaguicidas sin la debida protección.
En tanto, en las zonas urbanas los menores se desempeñan en el servicio doméstico y en la calle como vendedores ambulantes, lustrabotas o "recicladores de basura", en referencia a los cartoneros.
Estas consideraciones forman parte de un trabajo más extenso sobre la situación de la Argentina. Como conclusión, los especialistas señalaron que el país es "fuente, lugar de tránsito y destino de personas sometidas a la trata".
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viernes, 4 de febrero de 2011
ARGENTINA: Nuevos controles a operaciones bursatiles y polizas de seguros
El Gobierno oficializó hoy dos medidas para controlar las operaciones bursátiles superiores a 40.000 pesos y las primas de pólizas de seguros mayores a 40 mil o 50 mil según su tipo, con el fin de evitar maniobras de lavado de dinero y de financiación del terrorismo
Así surge en las dos resoluciones de la Unidad de Información Financiera (UIF), publicadas hoy en el Boletín Oficial, que alcanzarán a quienes compren o vendan títulos en el mercado de capitales iguales o mayores los $ 40 mil.
Tal como adelantó El Cronista en su edición de hoy, en esos casos se deberá presentar una declaración jurada de bienes y, si la operación es mayor a los $ 200 mil, justificar el origen de los fondos, según el artículo 15 de la resolución 33/11 firmada por José Sbatella, titular de la UIF.
Los obligados a informar las operaciones serán los agentes y las sociedades de Bolsa, los operadores del mercado abierto electrónico y las casas de cambio, que tendrán 30 días para reportar operaciones sospechosas de lavado de dinero, y 48 horas en el caso de financiación del terrorismo.
En el caso del mercado asegurador, según la resolución 32/11, las compañías deberán pedir una declaración jurada si las primas de las pólizas son mayores a $ 40 mil, si se trata de seguros de vida, y de $ 50 mil cuando están vinculadas al patrimonio.
Al igual que en el caso del mercado de capitales, las compañías están obligadas a reportar las operaciones en 30 días o en 48 horas, según se trate de hechos vinculados a presunto lavado de activos o de financiación de terrorismo.
A fines de enero, la UIF dictó una norma similar mediante la cual puso la lupa en el mercado de compraventa de obras de arte, antigüedades y joyas, con igual objeto.
En ese caso, las operaciones a reportar son las mayores a los $ 500.000, obligación que sumó a otra para los bancos cuando observen operaciones de cinco mil pesos con tarjeta de crédito
La sucesión de resoluciones de la UIF se da a pocos días de una nueva reunión del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), organismo internacional que ha objetado al país por las fallas en las medidas antilavado.
En su sitio en Internet, el GAFI publicó un informe que, en su presentación, señala que el país no hizo los progresos adecuados en el cumplimento de un número de deficiencias detectadas en junio de 2004
Así surge en las dos resoluciones de la Unidad de Información Financiera (UIF), publicadas hoy en el Boletín Oficial, que alcanzarán a quienes compren o vendan títulos en el mercado de capitales iguales o mayores los $ 40 mil.
Tal como adelantó El Cronista en su edición de hoy, en esos casos se deberá presentar una declaración jurada de bienes y, si la operación es mayor a los $ 200 mil, justificar el origen de los fondos, según el artículo 15 de la resolución 33/11 firmada por José Sbatella, titular de la UIF.
Los obligados a informar las operaciones serán los agentes y las sociedades de Bolsa, los operadores del mercado abierto electrónico y las casas de cambio, que tendrán 30 días para reportar operaciones sospechosas de lavado de dinero, y 48 horas en el caso de financiación del terrorismo.
En el caso del mercado asegurador, según la resolución 32/11, las compañías deberán pedir una declaración jurada si las primas de las pólizas son mayores a $ 40 mil, si se trata de seguros de vida, y de $ 50 mil cuando están vinculadas al patrimonio.
Al igual que en el caso del mercado de capitales, las compañías están obligadas a reportar las operaciones en 30 días o en 48 horas, según se trate de hechos vinculados a presunto lavado de activos o de financiación de terrorismo.
A fines de enero, la UIF dictó una norma similar mediante la cual puso la lupa en el mercado de compraventa de obras de arte, antigüedades y joyas, con igual objeto.
En ese caso, las operaciones a reportar son las mayores a los $ 500.000, obligación que sumó a otra para los bancos cuando observen operaciones de cinco mil pesos con tarjeta de crédito
La sucesión de resoluciones de la UIF se da a pocos días de una nueva reunión del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), organismo internacional que ha objetado al país por las fallas en las medidas antilavado.
En su sitio en Internet, el GAFI publicó un informe que, en su presentación, señala que el país no hizo los progresos adecuados en el cumplimento de un número de deficiencias detectadas en junio de 2004
jueves, 3 de febrero de 2011
Lavado de dinero: la Argentina pidió cambio de categoría
La CNV envió una solicitud a la Organización Internacional de Comisiones de Valores para que retiren el nombre del país de la lista de incumplidores
La Argentina pidió ser incluida en la lista de países que cumplen con los estándares internacionales lucha contra e lavado de dinero.
La Comisión Nacional de Valores (CNV) confirmó este martes que envió una solicitud a la Organización Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO) para que retiren el nombre del país de la lista de incumplidores y lo incluyan en el listado donde están las naciones que cumplen plenamente con estos requisitos.
El pedido fue presentado la semana pasada y la respuesta llegará en tres meses a más tardar. Las listas se redefinírían a partir del primero de enero de 2013.
"Si pasamos a la lista A podríamos solicitar información de un país miembro de la IOSCO y también nos podrían pedir a nosotros, solo países que cumplan con los requisitos", indicó al matutino Ámbito Financiero el titular de la CNV, Alejandro Vanoli.
Otro país que solicitó su inclusión en la lista de países cumplidores fue Uruguay, que intenta dejar atrás la imagen hermética respecto de su sistema financiero.
Si bien en 2010 aprobaron una flexibilización del secreto bancario que permite levantarlo tras un pedido de la administración tributaria a la Justicia civil cuando sospeche evasión, la república oriental todavía está muy lejos de firmar un acuerdo de doble tributación con la Argentina para compartir información relevante.
La Argentina pidió ser incluida en la lista de países que cumplen con los estándares internacionales lucha contra e lavado de dinero.
La Comisión Nacional de Valores (CNV) confirmó este martes que envió una solicitud a la Organización Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO) para que retiren el nombre del país de la lista de incumplidores y lo incluyan en el listado donde están las naciones que cumplen plenamente con estos requisitos.
El pedido fue presentado la semana pasada y la respuesta llegará en tres meses a más tardar. Las listas se redefinírían a partir del primero de enero de 2013.
"Si pasamos a la lista A podríamos solicitar información de un país miembro de la IOSCO y también nos podrían pedir a nosotros, solo países que cumplan con los requisitos", indicó al matutino Ámbito Financiero el titular de la CNV, Alejandro Vanoli.
Otro país que solicitó su inclusión en la lista de países cumplidores fue Uruguay, que intenta dejar atrás la imagen hermética respecto de su sistema financiero.
Si bien en 2010 aprobaron una flexibilización del secreto bancario que permite levantarlo tras un pedido de la administración tributaria a la Justicia civil cuando sospeche evasión, la república oriental todavía está muy lejos de firmar un acuerdo de doble tributación con la Argentina para compartir información relevante.
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CNV. lavado de dinero
miércoles, 2 de febrero de 2011
ARGENTINA:Estudian cambios a la ley de Oferta Pública
El Ministerio de Economía evalúa un proyecto de ley elaborado por la Comisión Nacional de Valores (CNV) que no sólo propone el intercambio pleno de información entre organismos reguladores del Estado, sino que además eliminaría el secreto bursátil y le daría poder de policía a la CNV, con lo que podría sancionar a infractores.
El proyecto elaborado por el organismo dirigido por Alejandro Vanoli busca responder a los pedidos del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y mantiene la línea que tenía la propuesta que en su momento elaboró el actual gobernador chaqueño Jorge Capitanich, pero con algunos agregados y modificaciones.
Según el diario El Cronista Comercial, el proyecto de reforma de la Ley 17.811 sería enviado al Congreso cuando termine el receso de verano.
En cuanto al intercambio de información entre organismos reguladores del Estado, como la Unidad de Información Financiera, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el Banco Central y la CNV, el proyecto prevé que se podría realizar sin trabas, "siempre y cuando se tuviera una fuerte sospecha por operaciones susceptibles de ser consideradas de lavado de dinero".
Pero a pedido de la AFIP, la CNV podría cruzar sus bases de datos de oficio, algo que hasta ahora impide el secreto bursátil.
En caso de que el Congreso apruebe el proyecto, el organismo que dirige Alejandro Vanoli pasaría a tener poder de policía y podrá aplicar sanciones.
Y con la eliminación del secreto bursátil, la CNV podrá obtener al mismo tiempo datos de cualquier otro regulador.
Para el titular del organismo, "esto permitirá coordinar la supervisión del sistema financiero en su conjunto y prevenir delitos de incumplimientos en cuestiones de 'insider trading', manipulación de mercado, cambiaria, impositiva y otras cuestiones vinculadas con la prevención del lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo".
Con ese proyecto, el Gobierno busca dar respuesta a las críticas que a fines de 2010 realizó el GAFI por la falta de control en Argentina sobre maniobras que podrían estar vinculadas al lavado de dinero.
En ese sentido, una comitiva de la UIF viajará a París el 20 de febrero para participar de la reunión de ese organismo, y aprovecharía para mostrar la elaboración de ese proyecto como un avance.
Con este paso, la Casa Rosada busca que Argentina forme parte del Anexo A del Memorandum Multilateral de Entendimiento, que nuclea a los países que cumplen con los estándares internacionales fijados por la Organización Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO).
Nosis
El proyecto elaborado por el organismo dirigido por Alejandro Vanoli busca responder a los pedidos del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y mantiene la línea que tenía la propuesta que en su momento elaboró el actual gobernador chaqueño Jorge Capitanich, pero con algunos agregados y modificaciones.
Según el diario El Cronista Comercial, el proyecto de reforma de la Ley 17.811 sería enviado al Congreso cuando termine el receso de verano.
En cuanto al intercambio de información entre organismos reguladores del Estado, como la Unidad de Información Financiera, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el Banco Central y la CNV, el proyecto prevé que se podría realizar sin trabas, "siempre y cuando se tuviera una fuerte sospecha por operaciones susceptibles de ser consideradas de lavado de dinero".
Pero a pedido de la AFIP, la CNV podría cruzar sus bases de datos de oficio, algo que hasta ahora impide el secreto bursátil.
En caso de que el Congreso apruebe el proyecto, el organismo que dirige Alejandro Vanoli pasaría a tener poder de policía y podrá aplicar sanciones.
Y con la eliminación del secreto bursátil, la CNV podrá obtener al mismo tiempo datos de cualquier otro regulador.
Para el titular del organismo, "esto permitirá coordinar la supervisión del sistema financiero en su conjunto y prevenir delitos de incumplimientos en cuestiones de 'insider trading', manipulación de mercado, cambiaria, impositiva y otras cuestiones vinculadas con la prevención del lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo".
Con ese proyecto, el Gobierno busca dar respuesta a las críticas que a fines de 2010 realizó el GAFI por la falta de control en Argentina sobre maniobras que podrían estar vinculadas al lavado de dinero.
En ese sentido, una comitiva de la UIF viajará a París el 20 de febrero para participar de la reunión de ese organismo, y aprovecharía para mostrar la elaboración de ese proyecto como un avance.
Con este paso, la Casa Rosada busca que Argentina forme parte del Anexo A del Memorandum Multilateral de Entendimiento, que nuclea a los países que cumplen con los estándares internacionales fijados por la Organización Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO).
Nosis
martes, 1 de febrero de 2011
ARGENTINA: La UIF reglamento los requisitos a cumplir por aquellas Personas Juridicas que reciban donaciones
EXIGEN RESPALDO DOCUMENTAL SOBRE LICITUD DE FONDOS FRENTE A DONACIONES QUE EXCEDAN LOS 200.000 PESOS
La Resolución 30/2011 de la Unidad de Información Financiera, publicada hoy en el
Boletín Oficial de la República Argentina, establece las medidas y procedimientos que deben cumplir las personas jurídicas al recibir donaciones o aportes de terceros por montos que excedan los 50.000 pesos, a los fines de prevenir la comisión de los delitos de lavado de activos (LA) y financiación del terrorismo (FT).
De acuerdo con el artículo 20 de la ley 25.246, las personas jurídicas que reciben aportes o donativos superiores a los 50.000 pesos, ya sea en efectivo o en bienes, en un único acto o de manera fragmentada, dentro de un plazo de 30 días, deben observar las normas antilavado exigidas a los sujetos obligados a reportar al Estado, a través de la UIF, transacciones sospechosas. La medida alcanza también a las sociedades en formación.
Si los montos involucrados superan los 100.000 pesos, se deberá presentar una
declaración jurada que de cuenta de la licitud de los fondos, y cuando excedan los 200.000 pesos, a ese documento deberá anexarse la documentación respaldatoria que corresponda.
Mediante la Resolución 30/ 2011, la UIF derogó la Resolución 228/2009, sobre los
procedimientos antilavado atinentes a las donaciones; ambas normas son similares pero la nueva disposición fue elaborada con los estándares que guían las más de veinte resoluciones con las que el organismo que preside José Sbattella actualizó la normativa que deberán cumplir, desde el 1 de abril próximo, todos los sectores a los que concierne la prevención del LA y el FT.
Cuando existan indicios sobre una donación sospechosa, deberá presentarse el reporte
(ROS) a la UIF en el término perentorio de 30 días, y ese plazo se reducirá a sólo 48 horas si se presume la comisión de maniobras vinculadas con actos de terrorismo.
La Resolución 30/2011 de la Unidad de Información Financiera, publicada hoy en el
Boletín Oficial de la República Argentina, establece las medidas y procedimientos que deben cumplir las personas jurídicas al recibir donaciones o aportes de terceros por montos que excedan los 50.000 pesos, a los fines de prevenir la comisión de los delitos de lavado de activos (LA) y financiación del terrorismo (FT).
De acuerdo con el artículo 20 de la ley 25.246, las personas jurídicas que reciben aportes o donativos superiores a los 50.000 pesos, ya sea en efectivo o en bienes, en un único acto o de manera fragmentada, dentro de un plazo de 30 días, deben observar las normas antilavado exigidas a los sujetos obligados a reportar al Estado, a través de la UIF, transacciones sospechosas. La medida alcanza también a las sociedades en formación.
Si los montos involucrados superan los 100.000 pesos, se deberá presentar una
declaración jurada que de cuenta de la licitud de los fondos, y cuando excedan los 200.000 pesos, a ese documento deberá anexarse la documentación respaldatoria que corresponda.
Mediante la Resolución 30/ 2011, la UIF derogó la Resolución 228/2009, sobre los
procedimientos antilavado atinentes a las donaciones; ambas normas son similares pero la nueva disposición fue elaborada con los estándares que guían las más de veinte resoluciones con las que el organismo que preside José Sbattella actualizó la normativa que deberán cumplir, desde el 1 de abril próximo, todos los sectores a los que concierne la prevención del LA y el FT.
Cuando existan indicios sobre una donación sospechosa, deberá presentarse el reporte
(ROS) a la UIF en el término perentorio de 30 días, y ese plazo se reducirá a sólo 48 horas si se presume la comisión de maniobras vinculadas con actos de terrorismo.
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