viernes, 31 de marzo de 2017

Presente, pasado y futuro en la gestión PLA/CFT: breve reseña de 2016 y perspectivas 2017

Por Dr. Sergio Goldenberg | El autor revisa lo actuado por los organismos de control durante el año que está llegando a su fin y anticipa qué se puede esperar para el que está a punto de comenzar respecto de las políticas de prevención de lavado de activos y financiamiento al terrorismo, previendo que el sistema financiero va hacia una mayor flexibilidad en materia regulatoria. | 06/12/2016

El año 2016, en materia de Prevención de Lavado de Activos y Financiación al Terrorismo (LA/FT) presenta algunas novedades y modificaciones, algunas de ellas con cierto impacto en las tareas que deben realizar los Sujetos Obligados.

Como primera medida, el Sistema que concentraba sus funciones y coordinación en la Unidad de Información Financiera (UIF) hasta fines del 2015, adopta de ahora en más una división y segmentación por medio de la cual se crea mediante el Decreto 146/2016 la REPRESENTACION NACIONAL ANTE LOS DISTINTOS ORGANISMOS INTERNACIONALES y mediante el Decreto 360/2016 la COORDINACION NACIONAL PARA EL COMBATE LA/FT, quedando para la UIF una función más operativa y con dependencia del Ministerio de Hacienda en lugar del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

La Recomendación 1 del Grupo de Acción Financiera (GAFI) sobre Evaluación de Riesgos y la Aplicación del Enfoque basado en Riesgo pasó a tomar un protagonismo en la voz de las nuevas autoridades de la UIF ya sea en seminarios, entrevistas y artículos de medios de prensa, dejando entrever que el foco del control y la supervisión del sistema dejaría de poner la lupa en aspectos formales de cumplimiento para concentrarse en la administración de los riesgos LA/FT.

Dada la importancia que adquiere en estos tiempos la evaluación de riesgos en los sistemas de prevención, recordamos que el GAFI en oportunidad de efectuar su revisión de las recomendaciones LA/FT, año 2012, puntualizó en el marco de la Recomendación 1 sobre Evaluación de Riesgos, que los países deben dar pasos apropiados para identificar y evaluar los riesgos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo para la nación, de manera continua y con la finalidad de:

  1.  informar posibles cambios al régimen LA/FT del país, incluyendo cambios a las leyes, regulaciones y otras medidas;
  2.  ayudar en la  asignación y priorización de recursos LA/FT por las autoridades competentes;
  3.  ofrecer la información para las evaluaciones del riesgo LA/FT llevadas a cabo por las instituciones financieras.

Asimismo, los países deben mantener actualizadas las evaluaciones y deben contar con mecanismos para suministrar la información apropiada sobre los resultados a todas las autoridades competentes relevantes y además a las instituciones financieras.

La UIF, recién en el año 2014, intenta dar respuesta a la recomendación del GAFI emitiendo la Res UIF 473/2014 en la cual se planteaba la realización de una Evaluación Nacional de Riesgo en materia LA/FT donde se debía compilar y presentar de manera sistemática los resultados obtenidos, debiendo ser considerados a los fines de confeccionar una estrategia para la mitigación de riesgos de LA/FT, como así también para la asignación eficaz de los recursos disponibles.

Este proyecto no llegó a ser cumplimentado y con la nueva gestión de gobierno esta tarea quedo en cabeza de la COORDINACION NACIONAL PARA EL COMBATE LA/FT cuya misión principal está focalizada en el desarrollo de políticas públicas del Sector Público y Sector Privado que tienen responsabilidades en la prevención LA y FT, con el objetivo de promover el funcionamiento de un sistema nacional efectivo.

Entre sus objetivos se encuentra la identificación y comprensión de los riesgos que provienen de actividades criminales graves como el narcotráfico, la corrupción, el tráfico de armas, el tráfico y la trata de personas, el contrabando, el terrorismo y la proliferación, entre otras, a efectos de entender las modalidades e impacto de los delitos financieros vinculados y la producción de indicadores que faciliten la revisión periódica de la efectividad del sistema.

Hasta el momento y a casi un año de gestión no se visualizan resultados en esta materia, los cuales una vez que se produzcan, resultarán de sumo interés para los Sujetos Obligados del sistema a los efectos de su consideración como insumos en su gestión de riesgos LA/FT.

En materia de Inclusión Financiera, asistimos al reemplazo de las llamadas cuentas gratuitas universales por las cajas de ahorro gratuitas con mínimos requisitos sobre identificación de clientes y medidas de debida diligencia simplificada, siempre que se cumplan requisitos tales como: mantener una única cuenta de depósito abierta en el sistema financiero, que el titular no sea una Persona Expuesta Políticamente, que registre un saldo menor a 25 salarios mínimos y operaciones mensuales en efectivo menores a 4 salarios mínimos.

Asimismo, el Banco Central habilitó la posibilidad de que los bancos abran cuentas de caja de ahorro en forma no presencial, estableciendo que se deberá dar total cumplimiento a la normativa en materia de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo, especialmente en lo referido a la identificación y conocimiento del cliente.

En materia de la Debida Diligencia del Cliente y la consecuencia potencial de la llamada Discontinuidad Operativa del Cliente, el Banco Central modificó la obligatoriedad de proceder al cierre de las cuentas de los clientes por parte de los bancos cuando no se pueda satisfacer los requisitos de identificación y conocimiento requeridos, disponiendo ahora que corresponderá a los bancos, en esos casos, efectuar un análisis con un enfoque basado en riesgo, en orden a evaluar la continuidad o no de la relación con el cliente.

La inflación ocurrida entre las fechas de emisión de las resoluciones vigentes de la UIF, como la Resolución 121/2011, obligaron a la UIF a un acto de sensatez que consistió en la actualización de algunos parámetros que a su vez disparan determinados controles. Es así como el parámetro para clasificar un cliente habitual paso de operaciones anuales por $ 60.000 a $ 260.000, el parámetro de acreditación mensual de remuneraciones o fondo de cese laboral para los trabajadores de la industria de la construcción pasó de $ 40.000 a $ 240.000, para los clientes que operen en cuentas vinculadas con el pago de planes sociales de $ 5.000 a $ 30.000, y la identificación de depósitos en efectivo de $ 40.000 a $ 200.000.

Una de las modificaciones más controvertidas tuvo su debut en el marco de la Ley de Sinceramiento Fiscal, donde bajo el argumento de que la ley perdona el blanqueo de activos cuyo origen se vincule con delitos tributarios, para los bancos, se tornaba prescindible la necesidad de contar con información de índole tributaria de los clientes. Consecuentemente, más tarde la UIF, mediante la Res UIF 92/2016, modificó el concepto de perfil del cliente, operación inusual y operación sospechosa, quitando como requisito para establecer el perfil de un cliente y definir una operación inusual o sospechosa, la información de índole tributaria del cliente.

No obstante ello, tres meses más tarde la UIF emite la Res UIF 141/2016 donde va más allá con la modificación de la referida Resolución 92/2016, ampliando su alcance a la operatoria general, dejando en evidencia que el objetivo de eliminar la información tributaria como requisito para la confección del perfil del cliente junto a la resolución de la AFIP de que los sujetos obligados deberán abstenerse de requerir a los clientes DDJJ de impuestos nacionales,  no respondía solo a una situación particular de contexto, relacionada con la Ley de Sinceramiento Fiscal, sino que encontraba su afinidad en el pensamiento de las autoridades de la UIF sobre la necesidad de orientar el sistema preventivo LA/FT con más énfasis en los delitos de narcotráfico y corrupción.

En tal sentido, es importante destacar que en la transición que presentan las distintas regulaciones a Sujetos Obligados, existen hoy inconsistencias tales como es el caso de Mutuales y Cooperativas donde por la resolución de la AFIP no pueden solicitar a sus clientes información de DDJJ de impuestos nacionales, mientras que por Resolución de la UIF deben considerar la información tributaria como base para la confección del perfil del cliente y la propia resolución ejemplifica a las declaraciones impositivas como documentación de respaldo admisible.

Este breve repaso por los principales cambios normativos de la UIF y el BCRA permite inferir que el sistema financiero va hacia una mayor flexibilidad en materia regulatoria, pero acompañado al mismo tiempo de una mayor responsabilidad para los bancos con relación al diseño y ejecución de los controles y procedimientos en materia de prevención LA/FT, lo cual impone en muchos casos una reorganización de las áreas de cumplimiento, reposicionamiento de sus metas y objetivos adaptando su gestión a un entorno más flexible pero no menos exigente en la necesidad de evidenciar su efectividad y sus resultados.
Fuente: Prevenciondelavado.com 

miércoles, 26 de octubre de 2016

Crónica en clave de humor

Por Dr. Sergio Goldenberg | El especialista relata bajo un estilo informal, su experiencia asesorando a una entidad financiera, en el marco del blanqueo y todo lo que hace a la prevención del lavado de activos. ¿Nos dirigimos a un nuevo paradigma en los lineamientos antilavado en Argentina? 

Mediados de semana, suena mi teléfono y al otro lado de la línea estaba mi amigo "José Compliance" y me dice venite que acá necesitamos tu consejo. Me tomo el primer taxi para el Banco y al llegar el guardia de la entrada me pregunta caja común o caja VIP, ninguna de las dos le respondo y me dice aproveche que en las cajas VIP no hay nadie, las pusimos para el blanqueo…, ¿y si no hay nadie porque hay 5 cajas VIP y una sola para el resto de las operaciones? le consulto, me responde Doctor nosotros estamos colaborando con el blanqueo y queremos que se note, ¿me entiende…? Claro, por supuesto, ustedes no quieren poner palos en la rueda…, exactamente, me respondió.
Sigo entonces hasta la oficina del área antilavado y me atiene la secretaria a quien le noto algo distinto en el cabello y le pregunto ¿qué te hiciste? Doctor ahora con el tema del blanqueo ya dejé de ir al coiffeur para hacerme la tintura, el cabello blanco ¿cómo me queda??? Divino le contesté incluso le quita años y se fue feliz por el cumplido.
Mientras esperaba tomando un cafecito, me iba dando cuenta que evidentemente el Banco había realizado un programa de concientización y capacitación antilavado muy efectivo.
En ese momento abre la puerta el Analista SR de PLA y me saluda Hola Doctor ¿cómo está??? Mientras se escuchaba el ruido de una máquina trituradora de papel, le pregunto ¿ahí no estaba la fotocopiadora? Sí me responde, era para cuando pedíamos muchos papeles que no servían para nada, ahora la situación es distinta, la cambiamos por un par de trituradoras y estamos destruyendo todas las declaraciones juradas impositivas presentadas por los clientes, no sea cosa que recibamos alguna visita, Ud. me entiende… y nos digan que estamos pidiendo documentación a los clientes que no debemos.
Yo pensaba para mí, evidentemente cuando la capacitación es efectiva se ven los resultados ¿verdad?, en ese momento viene mi amigo "José Compliance" gritando… el Papa tenía razón, el Papa tenía razón!!!  Cartón lleno pensé, ahora hasta el Papa está con el tema del lavado y me dice te acordás cuando el Papa decía "…que acá va a haber lío, va a haber lío…" bueno no se equivocó, vení y entremos a la sala del Comité.
La reunión de consorcio de mi edificio parecía la misa del domingo en comparación, estaban todos presentes, directores, comerciales, asesores legales, auditores,  y hasta el responsable de sistemas, discutiendo.
Los comerciales estaban brindando, decían que ahora podrían vender más y pedir menos documentación sin molestar a los clientes, el responsable de sistemas estaba como loco ya que le venían reclamos de clientes de que querían adherirse al blanqueo por whatsapp y hacer la transferencia por facebook, el asesor tributario alerta tener cuidado con las DDJJ impositivas por el secreto fiscal y menciona las declaraciones del jefe de la AFIP, sí sí agrega un director, el responsable de la UIF dice que no hay que pedir las DDJJ de impuestos, el responsable antilavado dice ok, pero no se olviden que la evasión tributaria sigue siendo delito precedente para el lavado de activos para el resto de la operatoria, un gerente de sucursal comenta que los clientes no quieren presentar ninguna documentación porque en los diarios leyeron que no es necesario, recuerda otro director siempre dijimos que nosotros no éramos la AFIP, ¡se hizo justicia! el auditor con su mejor simpatía dice ok, todo muy lindo pero las normas vigentes siguen siendo las mismas, interrumpe la asistente ¿café o té??? Y en lugar de preguntar… azúcar o edulcorante, dice… ¿ibupirac o rivotril???
La reunión estaba picante, al mejor estilo de Los Campanelli (para los muy jóvenes, programa de TV con típico almuerzo familiar dominguero y discusiones entre familia) y el Presidente del Comité dice, bueno basta de discutir, me mira a los ojos y dice, Doctor no quiero que se lleve una mala impresión, sucede que hay un nuevo paradigma en los lineamientos antilavado en Argentina. Ahora nos concentramos en el Enfoque de Riesgos, debemos gestionar los riesgos, lo de los papelitos es el pasado. Qué bueno le respondo, eso está en línea con los últimos estándares internacionales, ¿y cómo lo están aplicando? Bueno… bueno Doctor entre nosotros le cuento que todavía no lo tenemos muy claro, pero no importa, siempre nos dijeron que el banco era quien mejor conocía a sus clientes y eso mismo es lo que vamos a poner en práctica.
Nuestros principios ahora son los siguientes:

  • Nosotros conocemos nuestros riesgos
  • Nosotros conocemos nuestros clientes
  • Nuestros clientes son gente de bien y de negocios lícitos (con alguna que otra desprolijidad tributaria, pero nunca lavadores)

Aplauso cerrado de los presentes, y aún suavemente le pregunté cómo iban a trabajar  para monitorear y detectar operaciones sospechosas con menos información que antes y con una claridad sorprendente me respondió: nosotros no tenemos duda sobre quienes son nuestros clientes y que actividad realizan, ahora nos concentraremos en el narcotráfico, la corrupción y el terrorismo.
¿Y si aparece un narcotraficante? Rápidamente toma la palabra el asesor legal y dice: en este país la Constitución dice que todo ciudadano es inocente hasta que se demuestre lo contrario ¿Ud. vio mucha gente condenada por lavado de activos proveniente del narcotráfico??? Bueno le respondí no tantas pero hay algunas causas en proceso según se conoce en los medios..., Doctor, esas son operaciones mediáticas.
Mientras tanto el responsable de sistemas estaba trabajando en modificar el sistema de reporte de operaciones inusuales (ROS) por el (ROM) o sea reporte de operaciones mediáticas y el Responsable de Organización y Métodos redactando el nuevo manual antilavado de una carilla y media donde se explayaba ampliamente en el concepto del lavado de dinero y sus tres etapas.
En fin, todo muy confuso para mi gusto, me despido de todos y me llega al correo el pedido para realizar mi habitual columna de opinión, respiré profundo y me dije cómo explico todo esto si no es con humor ¿verdad? Y como decía un número uno, Tato Bores "¡Vermouth con papas fritas y good show!"
Fuente: www.prevenciondelavado.com

miércoles, 28 de septiembre de 2016

Los bancos en la mira del blanqueo de capitales

Por Dr. Sergio Goldenberg | El autor analiza el avance del proceso de blanqueo desde su implementación a la actualidad y pone el foco en el rol de las entidades financieras en este proceso, especialmente, tras unas declaraciones del secretario de Finanzas que pusieron a los bancos en el centro de la escena. | 27/09/2016
El reloj de arena comenzó a funcionar y los funcionarios observan con ansiedad la evolución del nivel de adhesión y operaciones que se generan en el marco del programa de blanqueo de capitales.
Los asesores tributarios en estas semanas reciben consultas diariamente y las inquietudes por parte de los contribuyentes no dejan de multiplicarse. Sus mentes se debaten entre la presión que se deriva del escenario internacional a partir de los acuerdos de intercambio de información  suscriptos en el marco de la OCDE, las normas anti lavado que dificultan más aún el manejo de fondos y activos financieros sin justificación sobre la licitud de su origen y, por otro lado, la sensibilidad, a flor de piel, de los contribuyentes acostumbrados a cambios en las políticas económicas que borran la seguridad jurídica como la marea y el mar diluyen bellos castillos de arena.
A todo esto hay que agregar un sinfín de situaciones cuya resolución, en el marco de la reglamentación e instrumentación de la ley, pasan a un escenario de matices no siempre claros y que ha generado que la propia AFIP deba salir a aclarar con frecuencia, como así también la escasa adhesión a la ley de blanqueo hasta ahora por parte de las provincias.
A modo de un simple ejemplo, aquel contribuyente que quiere blanquear una propiedad deberá pagar la alícuota del 5% sobre el valor de mercado de la propiedad, sin considerar si la persona cuenta con ingresos líquidos que le permita afrontar de contado dicho pago y sin posibilidad de financiarlo, por eso es importante diferenciar la exteriorización de un bien inmueble que puede tener hoy un valor de mercado relevante y que no se condice con los ingresos líquidos que hoy pueda tener su titular, desde ya, la situación económica que pudo sustentar en su oportunidad la adquisición del inmueble no siempre coincide con la situación económica actual y máxime considerando los vaivenes de la economía argentina. A su vez, pagada la alícuota para encuadrarse dentro de las normas impositivas, ese contribuyente quedará de ahora en adelante en peores condiciones frente al impuesto a los bienes personales ya que su base imponible para liquidar el impuesto a los bienes personales será el valor de mercado del inmueble y no el valor de compra o fiscal como en el resto de los casos sujetos a ese tributo.
A la pregunta de ¿Cómo va el Blanqueo? hay cierto consenso en que el tema avanza lento, si bien hay consultas, las mismas no se traducen en operaciones en la misma magnitud, no obstante, que es entendible que las decisiones de esta característica puedan diferirse temporalmente y concentrarse en los últimos tramos establecidos para el blanqueo. Hasta ahora los bancos internacionales y de mayor envergadura son los que cuentan con operaciones concretas siendo otra la realidad de los bancos pequeños.
Dicho esto, no se puede dejar de lado que estamos a menos de una semana de producirse el primer vencimiento de la ley de blanqueo, el cual está referido a aquellos contribuyentes que suscriban el bono a tres años sin renta y posibilidad de negociación y, por lo trascendido hasta el momento, no ha resultado de mucho interés por parte de los contribuyentes, señales que no deberían ser desestimadas para evaluar los resultados del programa de cumplimiento fiscal voluntario, como así también, considerar cierta flexibilización en los plazos operativos, a pesar de opiniones divergentes entre distintos funcionarios tales como el presidente de la UIF que recientemente expresó que no es posible prolongar el blanqueo, mientras que el vicejefe de gabinete Gustavo Lopetegui manifestó que podría ser.
En este escenario si algo faltaba para encender la polémica, apareció el Secretario de Finanzas Luis Caputo refiriéndose al blanqueo y si bien reconoció que hubo demoras por parte de los organismos públicos en la emisión de las resoluciones para instrumentar el blanqueo, apuntó a los bancos como los malos de la película, al mencionar que según el feedback que recibe de la gente le indica que hay falta de colaboración del sistema financiero y que la gente va a los bancos y por poco no los expulsan. Lo que parece raro es que algunos bancos, por lo menos, no se la estén haciendo fácil. Pero es tan obvio que es el momento de blanquear que, al final, seguramente la gente irá a otros bancos, como el Nación.
Analizando estos comentarios, creo necesario poner en contexto cuál es la responsabilidad de los bancos en este proceso y para ello es indispensable reflexionar sobre cómo son las normas y regulaciones que los bancos deben cumplir en la materia.
La Ley 27260 de Sinceramiento Fiscal, dispone en su artículo 81 que Ninguna de las disposiciones del libro II de la presente ley liberará a los sujetos mencionados en el artículo 20 de la Ley 25246 y sus modificatorias de las obligaciones impuestas por la legislación vigente tendiente a prevenir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo, en consecuencia, y respetando lo establecido por el Grupo de Acción Financiera (GAFI) para los programas de cumplimiento fiscal voluntario con relación a la aplicación efectiva de medidas ALA/CFT y la prohibición de eximir total o parcialmente las medidas de prevención en la materia, queda claro que los bancos deberán aplicar toda las normas antilavado vigentes sobre las operaciones que se canalicen en el marco del sinceramiento fiscal.
Dicho en otras palabras, los bancos deberán llevar adelante medidas de debida diligencia respecto de la identificación y conocimiento del cliente como así también definir un perfil para las operaciones de blanqueo …que estará basado en la información y documentación relativa a la situación económica, patrimonial y financiera que hubiera proporcionado el mismo y que hubiera podido obtener el propio Sujeto Obligado… (Res UIF 92/2016).
Al mismo tiempo rige la obligatoriedad de efectuar el Reporte de Operación Sospechosa (ROS) cuando se identifiquen operaciones tentadas o realizadas, que habiéndose identificado previamente como inusuales, luego del análisis y evaluación realizados por el sujeto obligado, exhiben dudas respecto de la autenticidad, veracidad o coherencia de la documentación presentada por el cliente, ocasionando sospecha de lavado de activos; o aun cuando tratándose de operaciones relacionadas con actividades lícitas, exista sospecha de que estén vinculadas o que vayan a ser utilizadas para la financiación del terrorismo, debiéndose gestionar los riesgos de la operación evaluando la relación de la misma con la actividad del cliente. (Resolución UIF 92/2016)
De todo lo expuesto, surge con total claridad que los bancos están sujetos a recabar información y documentación tanto para definir el perfil del cliente como también para analizar la relación de la operación con la actividad del cliente ya sea presente o pasada.
El cumplimiento por parte de las entidades de estos requisitos está sujeto a auditorías internas como externas, las cuales deben desarrollarse bajo el cumplimiento de estrictas normas del BCRA, y cuyos informes son tenidos en cuenta por el propio organismo a la hora de llevar adelante las inspecciones en las entidades financieras.
Es decir que los bancos no actúan discrecionalmente en la implementación de los procedimientos de la operatoria del blanqueo sino todo lo contrario, deben ajustarse a dar cabal cumplimiento a toda la normativa en materia de prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo, cuyo incumplimiento está penalizado por un régimen sancionatorio.
Como hemos visto, todo ese marco regulatorio que conlleva responsabilidades para los directores como funcionarios de los bancos, surge claramente a partir de la plena vigencia de las ley 25.246 y modificatorias y las normas antilavado.
El presidente de la UIF ha manifestado en medios de prensa que lo que se busca es: que aquellas personas que no hayan cometido delitos graves y que solamente estén expuestos en una situación irregular ante la AFIP puedan sentirse cómodas de poder aprovechar los beneficios del blanqueo sin tener consecuencias adversas.
Como reflexión final, creo que el mensaje para todos los actores del mercado debería dejar en claro que, así como los clientes que no hayan cometido otros delitos que no se correspondan con situaciones irregulares en materia tributaria no deberían tener consecuencias adversas, los bancos tendrán que continuar aplicando las normas de Prevención de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo que el propio Estado les ha impuesto y que su cumplimiento por parte de las entidades financieras no debería interpretarse como piedras en el camino. La decisión es del contribuyente.
Fuente: www.prevenciondelavado.com

 

jueves, 14 de julio de 2016

La ONU incluyó a la Argentina entre las "principales corrientes de tráfico de cocaína"

El Informe Anual sobre las Drogas 2016 que publicó la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) ubicó a la Argentina como uno de los países que integran "las principales corrientes de tráfico de cocaína" a todo el mundo.
El estudio que fue presentado días atrás resalta que en el mundo 1 de cada 20 adultos, es decir unas 250 millones de personas de entre 15 y 64 años, consumieron por lo menos una droga durante 2014. Esa proporción se eleva en el caso argentino, según de qué droga se trate, sea anfetaminas, marihuana, éxtasis u otros opiáceos: va del 0,10%, en el caso de las pastillas, el 0,73 en caso de la cocaína, y 3,2% en el de la marihuana.
Más precisamente, en lo que se refiere a la cocaína y sus derivados -que en la Argentina es el paco o la pasta base- la proporción llega al 0,70 del total de la población analizada, según el cuadro incluido en el reporte y que se puede ver a continuación.
A la problemática del consumo, el informe de las Naciones Unidas incluye a la Argentina como uno de los países que tiene un rol cada vez más activo en el envío de cocaína al exterior. 
El reporte sobre drogas se conoce mientras en la Argentina la Justicia avanza con investigaciones sobre ex funcionarios y personajes ligados al narcotráfico que operaron durante los gobiernos de Néstor y Cristina Kirchner.
Según el informe la UNODC, "en 2014 el cultivo mundial de arbusto de coca aumentó en un 10% respecto del año anterior" y "la fabricación mundial de cocaína fue ligeramente superior a la del año anterior".
"Hay indicios de que el aumento de la fabricación mundial de cocaína observado en 2014 no fue un fenómeno aislado, sino que podría haberse repetido en 2015", consigna el trabajo de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito.
En ese contexto mundial, la UNODC alerta que "de los países productores de coca, el principal país de origen o de los envíos de cocaína a Europa continúa siendo Colombia (mencionado en 42% de las respuestas de los países europeos en el cuestionario de informe anual durante el periodo 2009-2014), seguido Perú (31 por ciento) y el Estado Plurinacional de Bolivia".
"Los países no europeos que más se mencionaron de partida de los envíos de cocaína durante el período 2009-2014 fueron Brasil, seguido de Colombia, Ecuador, República Dominicana, Argentina y Costa Rica", indica el informe.
La investigación recuerda que, en enero de 2016, "las autoridades de Bolivia informaron de la incautación de 8 toneladas de la cocaína (oculta entre 80 toneladas de sulfato de bario), destinada para África Occidental (Costa de Marfil), que había sido enviado a través de Argentina y Uruguay".
También, un punto relevante es el alto desarrollo que empezó a experimentar el mercado asiático del destino de la cocaína, una tendencia que impactó de lleno en la Argentina. De hecho, en el estudio de la ONU se indica que "los países de América Latina más mencionados de origen, de salida y de tránsito para los envíos de cocaína a Asia en el período 2009-2014 fueron Brasil, seguido de Colombia, Perú, el Estado Plurinacional de Bolivia, Argentina y México".
Fuente Infobae Facundo Chavez Rodriguez

viernes, 10 de junio de 2016

Hezbollah trafica toneladas de cocaína de América Latina a Europa

La DEA estadounidense confirmó que el grupo terrorista utiliza el narcotráfico para lavar dinero y financiar así sus operaciones yihadistas por el mundo, en especial en Siria. La conexión brasileña y venezolana.
El ex jefe de operaciones de la DEA Michael Braun aseguró ante legisladores estadounidenses que Hezbollah (grupo terrorista financiado por Irán) está "moviendo toneladas de cocaína" de América del Sur a Europa y ha desarrollado uno de los "esquemas de lavado de dinero más sofisticados" que jamás haya visto.
La agencia anunció en febrero pasado que había detenido a varios terroristas de Hezbollah acusados ​​de trabajar con un gran cártel de la droga de Colombia, con el objetivo de traficar narcóticos a Europa y blanquear dinero a través del Líbano. Esas detenciones se produjeron en un contexto de crecientes temores en Washington sobre los vínculos entre grupos terroristas de Medio Oriente y del hemisferio occidental.
La organización terrorista ha hecho "metástasis en una red de conexiones internacionales que grupos como el Estado Islámico y Al Qaeda desearían tener", afirmó Braun ante el Comité de Servicios Financieros de la Cámara de Representantes de los EEUU.
La organización terrorista ha hecho “metástasis en una red de conexiones internacionales que grupos como el Estado Islámico y Al Qaeda desearían tener”
Además de las preocupaciones sobre las posibles amenazas a la seguridad de América Central y del Sur, los informes de inteligencia también han rastreado cómo contrabandistas lograron colar a inmigrantes ilegales desde el Medio Oriente y el sur de Asia directamente a las puertas de los EEUU –incluyendo la ayuda de un afgano que las autoridades estadounidenses dicen que era parte de una célula de ataque en América del Norte–.
De acuerdo con documentos del gobierno difundidos por The Washington Times, las autoridades de inmigración identificaron al menos a una docena de hombres de Oriente Medio que han ingresado de contrabando en el hemisferio occidental por una red brasileña que los conecta con los mexicanos que los guían a la frontera con EEUU.
Se trata de palestinos, pakistaníes y afganos que tenían lazos familiares con los talibanes y estaban "envueltos en un complot para llevar a cabo un ataque en los EEUU y/o Canadá".
Las actividades de Hezbollah en América Latina incluyen "relaciones de negocios" con cárteles de la droga de América del Sur, como el colombiano Oficina de Envigado, un grupo del crimen "responsable de suministrar grandes cantidades de cocaína a los mercados de Europa y Estados Unidos".
Según la DEA, numerosos terroristas fueron apresados en Europa acusados por tráfico de drogas y lavado de dinero proveniente de América del Sur para comprar armas y financiar las actividades del grupo yihadista en siria.
"Una gran parte de las ganancias de la droga fue a parar al Líbano y de un porcentaje importante de estos ingresos se están beneficiando organizaciones terroristas, a saber, Hezbollah", explicó el agente estadounidense.
Las autoridades dijeron que el arresto más significativo fue de Mohamad Noureddine, a quien la DEA acusó de ser un lavador de dinero para Hezbollah. Una semana antes del anuncio, el Departamento del Tesoro había impuesto sanciones contra él y contra Hamdi Zaher el Dine, otro presunto lavador de dinero.
Hezbollah tiene una "vasta red de apoyo" en Brasil, que es el hogar de unos 7 millones de personas de ascendencia libanesa, incluyendo un estimado de 1 millón de musulmanes chiitas.
Hezbollah tiene una “vasta red de apoyo” en Brasil
"Hezbollah genera lealtad entre las comunidades chiitas locales mediante la gestión de sus estructuras religiosas y educativas", explicó Emanuele Ottolenghi, investigador principal sobre Irán de la Fundación para la Defensa de las Democracias. "A continuación, la lealtad aprovecha para solicitar fondos y el uso de conexiones de negocios en su propio beneficio, incluyendo, de manera crítica, facilitar su interacción con el crimen organizado", agregó.
"Los cárteles de la droga necesitan intermediarios, así como proveedores de materias primas y de servicios, por eso se conectan con cárteles en Colombia, Venezuela y Centroamérica", dijo Ottolenghi
Fuente Infobae

El mayor banco japonés planea emitir su propia moneda virtual

El Mitsubishi Tokyo-UFJ planea emitir una divisa digital denominada "MUFG", que podrá usarse para compras, transferencias bancarias o cambio de divisas.
El mayor banco de Japón, el Mitsubishi Tokyo-UFJ, emitirá su propia moneda virtual y se convertirá así en la primera gran entidad financiera del mundo en emprender una iniciativa así.
La nueva moneda digital, denominada por ahora "MUFG" (las siglas del banco), podrá usarse para compras, transferencias bancarias o cambio de divisas extranjeras a menor costo que con las monedas corrientes.
Desde la entidad dijeron que el MUFG está "en fase de desarrollo" y que por ahora no tiene fecha de lanzamiento, aunque algunos medios japoneses aseguran que sería en otoño.
Esta iniciativa, sin precedentes en la banca internacional, volvería a situar a Japón a la vanguardia de las monedas virtuales, después de aprobar en 2014 el primer marco normativo para regularlas.
En la práctica, la futura moneda funcionará igual a las tarjetas-monedero disponibles actualmente en Japón, que pueden usarse para pagar en comercios o transporte. Sin embargo, una gran diferencia será que la divisa virtual podrá intercambiarse entre los usuarios a través de computadoras o smartphones.
El Mitsubishi Tokyo-UFJ también trabaja en el desarrollo de una nueva generación de cajeros automáticos que permitirán operar con la divisa virtual y smartphones. Y además, está negociando con empresas y entidades para que acepten la nueva moneda.
Actualmente existen unas 600 divisas virtuales en todo el mundo y una de las que tiene una mayor capitalización de mercado es el bitcoin, estimada en unos US$ 8.400 millones.
Fuente: Ariel Bazan Clarin

martes, 29 de marzo de 2016

El caso Milagro Sala pone a prueba el sistema antilavado

Por Dr. Sergio Goldenberg | El autor detalla los elementos que ponen en evidencia el deficiente accionar de la UIF en el caso y señala las nuevas líneas de trabajo que se ha impuesto la flamante dirigencia del organismo, resaltando la necesidad de mejora de un sistema cuya directriz refuerce los atributos de racionalidad, inteligencia y eficacia para alcanzar los objetivos propuestos por el nuevo gobierno. | 29/03/2016 Fuente: Prevenciondelavado.com

En esta columna de opinión, el mes pasado habíamos desarrollado una visión desde la óptica de las normas antilavado sobre los hechos conocidos a partir de la investigación de la justicia de Jujuy en el manejo de los fondos públicos destinados a la construcción de viviendas por la agrupación Tupac Amaru liderada por Milagro Sala.

Entre algunos de los procedimientos expuestos en esa oportunidad (Opinión y Noticias, El caso Milagro Sala: una mirada desde las normas sobre prevención del lavado de activos), y a la luz de lo informado por la Auditoria General de la Nación, planteábamos que la normativa del BCRA no habría sido cumplida con eficacia, y la modalidad operativa implementada sería al menos considerable como indicio para elevar algún reporte a la Unidad de Información Financiera (UIF) por parte de los Sujetos Obligados.

También nos preguntábamos qué rol pudo haber cumplido el sistema de prevención en su conjunto y si su funcionamiento pudo resultar eficaz frente a casos como el que hoy nos ocupa y en particular el nivel de participación que le tocó a la gestión anterior de la UIF, como el organismo encargado del análisis, el tratamiento y la transmisión de información a los efectos de prevenir e impedir el delito de lavado de activos. Con relación a estos interrogantes comenzamos estos días a tomar conocimiento sobre algunas noticias que bien podrían alimentar el camino hacia las respuestas que buscamos.

De la información solicitada por la fiscal de instrucción de Jujuy Liliana Fernandez de Montiel a la UIF, surgen Reportes de Operaciones Sospechosas realizados por la adquisición de vehículos que realizó Milagro Sala. Asimismo, esos reportes fueron originados desde entidades financieras, aseguradoras y la misma AFIP. Estos hechos, en parte, muestran que el sistema generó alertas necesarias para la tarea de análisis que luego debe llevar a cabo la UIF.

No obstante y en contraposición a lo mencionado, recientemente se ha dado a conocer en medios periodísticos (La Nación) que una delegación de inspectores de la AFIP, del BCRA y de la UIF, luego de que en algunos programas televisivos se mostraran imágenes donde colaboradores de Milagro Sala cobraban por ventanilla $ 14 millones en efectivo y salían de las sucursales con ese dinero en bolsos que eran trasladados en camionetas, auditaron durante cinco días las sucursales del Banco Nación en la ciudad de San Salvador de Jujuy, en la localidad jujeña de San Pedro, y comprobaron que incumplían normas para combatir el lavado de activos; en particular, no se habrían elevado Reportes de Operaciones Sospechosas sobre la operatoria investigada y se incumpliría con la obligación de tener los legajos de clientes con la información sobre el giro comercial de éstos, en línea con la política de conocimiento del cliente.

Es importante destacar la relevancia que tiene para nuestro sistema financiero el grado de cumplimiento de la normativa de prevención de lavado de activos por parte de los Bancos, y en especial cuando se trata de una entidad de la envergadura del Banco Nación, donde su presencia en localidades del interior del país concentra la actividad financiera de sus actores económicos, mientras es mínima la participación del sector financiero privado.

Una anécdota que me ha tocado vivenciar como oficial de cumplimiento en Bancos y que compartimos con varios colegas en su momento viene a ilustrar como esta situación es importante en términos de trasparencia del mercado. Durante muchos años, en localidades del interior del país cuando desde los bancos privados se solicitaba a los clientes información y documentación para cumplimentar las normas de la UIF, se recibía como respuesta que el Banco Nación no la solicitaba, respuesta que lógicamente corría por cuenta del cliente y resultaba de difícil comprobación por parte de la entidad financiera. Más allá de la veracidad o no de la respuesta del cliente, esta situación le aportaba opacidad al sistema y alteraba el equilibrio entre el cumplimiento de las normas antilavado y los objetivos comerciales de la banca al percibirse distintos umbrales de cumplimiento entre los Bancos.

Un dato no menor es que la capacitación de los Sujetos Obligados en esta temática es de suma importancia en la lucha contra el lavado de activos y, de hecho, la propia norma la establece como actividad obligatoria. En ese sentido, el Banco Nación, habiendo definido la necesidad de actualización y perfeccionamiento en la materia, en el año 2015 firmó un Convenio Marco con la UIF, la Sindicatura General de la Nación y su Instituto Superior de Control de la Gestión Pública, el Banco Central de la República Argentina y la Universidad Nacional de San Martin. Este Programa de Capacitación y Fortalecimiento Institucional en materia de Prevención de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo fue diseñado especialmente para los agentes del Banco Nación y entre sus instructores participaron los funcionarios de la UIF.

Vemos entonces que si bien el sistema antilavado generó respuestas dentro del marco regulatorio por parte de los Sujetos Obligados, al menos esa reacción fue parcial e insuficiente, cuando vemos que el principal Banco Público pudo haber incumplido con esas normas, que mediante el programa de inspecciones del órgano de contralor no se haya logrado superar algunas deficiencias históricas en la gestión de cumplimiento de los Sujetos Obligados y que la UIF no haya profundizado su análisis en línea con el objetivo para el cual fue creada.

Esta semana el fiscal Guillermo Marijuán denunció penalmente al ex titular de la UIF, José Sbattella, por haber omitido dar curso a Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS) referidos a movimientos de Milagro Sala y pone foco en la demora de la UIF en dar curso a alertas que habrían sido enviadas por la AFIP en relación a dichos movimientos.

El actual presidente de la UIF, Mariano Federici, en su mirada sobre la gestión anterior dijo:  

"Creo que se trabajó sin una planificación adecuada y que la herramienta ha sido utilizada para fines políticos que no correspondían…"

En esta etapa se pondrá el énfasis:

  •  en la importancia de la relación colaborativa entre la UIF y los Sujetos Obligados, que son las principales fuentes de información
  •  en la necesidad de recalibrar el sistema, aplicando un enfoque basado en riesgos, que contemple las particularidades propias en función de las amenazas a las que cada sistema se encuentra expuesto
  •  en la efectividad, modificando la metodología de evaluación y separando lo que es el cumplimiento técnico de las formalidades, de la evaluación de los resultados.

Advertimos así, como la toma de conocimiento de los hechos investigados en este caso y en otros, pone a prueba el funcionamiento del sistema de prevención en lavado de activos, la efectividad de sus resultados y las asignaturas pendientes, todo lo cual nos lleva a reflexionar en la necesidad de mejora de un sistema cuya directriz refuerce los atributos de racionalidad, inteligencia y eficacia para alcanzar los objetivos propuestos por el nuevo gobierno.

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